Sr primo del causante ingresa de forma pacífica, de día, a la vista de vecinos, y con el conocimiento y conformidad de los restantes herederos forzosos en uno de los inmuebles del acervo, para vivir allí.
Realiza gastos de conservación y pago de impuestos.
Han pasado varios años de esa situación.
Ahora pretende reembolso de $$$$-
1 - ¿Este hombre como gestor de negocios ajenos, puede reclamar a los herederos un cobro de pesos con mediación prejudicial obligatoria?.
2 - ¿10 años de prescripción de la acción?.
3 - ¿Es acreedor de la sucesión o de los herederos?.
Realiza gastos de conservación y pago de impuestos.
Han pasado varios años de esa situación.
Ahora pretende reembolso de $$$$-
1 - ¿Este hombre como gestor de negocios ajenos, puede reclamar a los herederos un cobro de pesos con mediación prejudicial obligatoria?.
2 - ¿10 años de prescripción de la acción?.
3 - ¿Es acreedor de la sucesión o de los herederos?.
