Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • usucapion con sentencia- que debo interponer????

  • Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #943875  por martinarmani7
 
Estimados colegas, les cuento que tengo el siguiente caso, mi cliente llega a verme porque se entera de que un tercero inicio una accion de usucapion respecto de un inmueble de sus abuelos, al revisar el expte. descubro que ya tiene sentencia definitiva y se libro oficio de inscripcion, entonces lo que hacemos es apelar dicha resolucion en el expte. de usucapion a lo cual el juez me responde que me tiene por presentado, parte y x agregado la documental adjunta(declaratoria de herederos) y que debo ocurrir ante la via pertinente. Aqui es donde estoy un poco complicado porque la verdad es la primera vez q me toca un caso de estos y no se bien a que se refiere, porque suena como que debo interponer otra cosa pero lo unico que se me ocurre es un interdicto de recobrar, pero tampoco estoy seguro, asiq si alguien me puede orientar les agradeceria, no quiero consultarlo en el juzgado para no recibir algun reproche por no saber que hacer jaja!
Les agradeceria cualquier aporte.-
Saludos.-
 #944144  por ebarreyro
 
Y, si libraron el testimonio de inscripción es que está firme la sentencia. Y si está firme la sentencia, es que tenía que pedir la nulidad de algo. Esa nulidad debe interponerse dentro de los cinco días de conocido el acto nulo o anulable. Si apeló, confirmó tácitamente todo lo actuado. Espero que haya otro coheredero de su cliente. Todo prima facie, porque no tengo ni el expediente ni al cliente enfrente.
 #944299  por martinarmani7
 
Hola andresxeneizes, mira se nombro un defensor oficial por lo tanto mi cliente se entera por fuera, es decir hicimos una presentacion espontanea en caracter de heredero, notificandonos de la sentencia y apelando la misma, todo esto fuera del plazo p apelar, la verdad no veia otra alternativa, ya q para pedir la nulidad se me complicaba por el hecho de que intervino un defensor oficial, lo que ampara la supuesta defensa del titular del inmueble, apesar de q se limito a presentarse porque ni siquiera produjo pruebas.-
Se te ocurre q podria haber intentado algo distinto?
Gracias por responder!!!!!!!
 #944306  por martinarmani7
 
Hola ebarreyro, si en efecto la sentencia estaba firme, y aparentemente todo bien ya que se designo defensor oficial que represento los derechos del abuelo de mi cliente, por lo que me faltaba fundamento para pedir la nulidad, o al menos a esa conclusion llegue desp de analizar el tema, por lo que opte por presentarme como parte, notificarme y apelar la resolucion. El tema es que no se a que se refiere el juez cuando manifiesta q concurra por la via correspondiente!!!!!!!!!!!!
tal vez a alguien se le ocurro o tendre q tratar de hablar con alguien del juzgado para q me asista jaja!
Gracias por tu aporte.-
Saludos.-
 #944368  por andresxeneizes
 
no se que es lo que queres hacer, pero tenes que ir por otro expediente eso es lo que te dice el juez, interdicto de recobrar no lo veo porque la propiedad es del usucapiente, como dijeron los colegas nulidad tampoco porque tu cliente participo del juicio, yo no le veo solucion, tambien te traen las cosas cocinadas, es como querer ponerle sal al asado cuando ya te lo traen hecho y soso
 #944510  por martinarmani7
 
Si realmente es un tema muy complicado de hecho me parecio q la unica alternativa era apelar p ver si revertiamos la sentencia, pero al resolver q debo ocurrir por otra via quede algo despistado, ya q nose me habia planteado la idea de encarar por otro lado el tema y veo q a ustedes tampoco les resulta tan evidente por lo q me quedo mas tranqui....respecto de los plazos estan todos vencidos solo q como me notifico en el acto de presentarme evidentemente no es lo q me impide apelar, sino supongo el juez hubiese resuelto q resultaba extemporaneo, almenos eso supongo.-
Gracias de todos modos por sus aportes, resulta bueno tener alguien con quien consultar este tipo de cosas que no sabemos resolver por si solos.-
Saludos.-
 #944520  por Mordisco
 
La sentencia firme, hace cosa juzgada y adquiere definitividad respecto al titular del dominio que mediante ella se cancela, quien no podrá ya atacarla ni pedir su revisión, salvo por vías excepcionales (ej.: la acción de nulidad del proceso y sentencia, por mediar indefensión, y vulnerado el ejercicio pleno de la defensa, pidiendo conexidad con el expte de usucapion)
 #944524  por Mordisco
 
Un proceso regularmente constituido es el presupuesto necesario y válido para tramitar y decidir correctamente el litigio, mediante cuyas normas se procura primordialmente asegurar la defensa en juicio, garantizando el principio contitucional que expresamente lo consagra.

La contraparte casi seguro alegara que se cito por edictos, pero resalta que debió realizarse gestiones previas para realizar dichas publicaciones, para resguardar la garantía constitucional de la defensa en juicio, siendo una de ellas el pedido de informes al registro de juicios universales sobre si obra incripción de apertura de sucesión del demandado, y como así tambien al registro electoral y a la policía.

NOTIFICACION POR EDICTOS - GESTIONES PREVIAS.

Siendo manifiesto el defecto grave incurrido en la notificación por edictos , corresponde declarar la nulidad del procedimiento sin mas trámite , porque la anómala citación no saneada en debida forma, afecta la garantía constitucional de la defensa en juicio y trasciende impidiendo la formación regular del proceso, en cuya salvaguarda está interesado el orden público.-
 #944715  por martinarmani7
 
Hola Mordisco, te cuento que se libro oficio a Juicios universales y se informo q no habia juicio sucesorio alguno, cosa incorrecta, posteriormente se ordeno librar cedula a el domicilio de la heredera, solo q cuando llega la cedula al domicilio de esta, buscando a su padre, muerto hacia hacia sesenta años nadie lo conocia en el barrio, y ella tambien habia fallecido por lo que se considera q se notifico. Es decir los pasos basicos de notificacion se practicaron, desp q fallo lo anterior se publico edictos y se designo defensor oficial, q suplio la falta del demandado. Realmente me parece imposible plantear nulidad por ese tema. La apelacion la pensaba fundar en la incorrecta valoracion de la prueba. Pero por lo que vos decis la unica alternativa seria plantear accion de nulidad???
 #945059  por martinarmani7
 
Eso es precisamente lo q me llama la atencion porque el juez no me dijo que esta presentado fuera de termino!!!!y por lo tanto no puedo apelar!!no me deberia haber rechazado la apelacion de una????
la verdad es muy complicado el tema me parece que me meti en uno de esos casos q son imposibles!!!!
Gracias por los aportes de todos modos.-
Saludos.-
 #945105  por Mordisco
 
Al haber quedado firme la sentencia, hace cosa juzgada, y con su presentación que podia el juez decir más que decir: rechazace la presentación por extemporánea y procedase a su desglose y devolución al presentante. Concurra por la via pertinente.