Colegas, sigo trasnochado y acuciado con temas de Familia. Esta vez creo que estoy en un callejón sin salida. La cuestión viene así. Un cliente que quiere divorciarse compro junto con su señora un auto y lo pusieron a nombre de su hija. Obviamente quieren incluirlo dento de los bienes gananciales para repartirlo y, aunque a primera vista me pareció imposible, escuché de algunos colegas que, planteada la situación de mutuo acuerdo, el Asesor puede dar el consentimiento y pasar el bien como ganancial ¿alguno tiene idea o experiencia que permita corroborar ello?? Igual, más allá de la duda teórica que me sirva para el futuro, veo perdida cualquier opción en este caso, porque el auto lo adquirieron en el marco de la ley 19.279 (la niña es discapacitada y tiene 4 años), asique salvo que alguno sepa de algún vericueto mágico, creo que esta pareja se puede ir despidiendo del auto. Saludos y gracias