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  • HONORARIOS LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #944169  por alebernau
 
Estimados Colegas, ¿me pueden orientar sobre cuanto cobrar en un acuerdo privado de liquidación de sociedad conyugal en capital ?. Hay sólo un inmueble y pensé cobrarle a mi cliente un porcentaje del valor que se le adjudique, pero no sé que porcentaje cobrarle, muchas gracias por adelantado!!!
 #947966  por cresta
 
Hola, yo suelo pactar entre un 3 y un 10 % del valor del inmueble, dependiendo de la cantidad de bienes Gananciales a dividir. Siempre hablando de acuerdo extrajudicial de disolución. Se establece de forma similar a una sucesión. Sdos.