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  • Intereses contrapuestos

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 #944191  por jeanvaljean02
 
En la causa se investiga el homicidio de una persona, calificaron con el art. 80 inc. 6 del C.P. Apelé el procesamiento, mi defendido tiene un auto de falta de mérito. Ahora viene a verme la familia de otro de los imputados, y me pide que lo defienda. No veo que tengan intereses contrapuestos, pero me gustaría, si es posible, que algún colega con experiencia me comentara de qué manera se evalúa es objetivamente. Muchas gracias
JV
 #944193  por Bracoo
 
Si la defensa del cliente nuevo es declarar que fue el otro (el de la falta de mérito), tenés intereses contrapuestos.
Del mismo modo si el anterior cliente declaró que el autor fue este que ahora quiere contratarte.
Y aunque no haya declaración, si al nuevo cliente le convendría mandar en cana al otro (sea cierto o no) tenés intereses contrapuestos, ya que en caso de contratarte se vería privado de hacerlo.

En mi opinión, tenés que ver si la suerte procesal de un cliente mejora cuando hace algo que al mismo tiempo empeora la suerte procesal del otro. Lo mismo en supuestos de omisión o simple silencio. Si uno calla para posicionarse mejor, pero al otro cliente le convendría que declare, debés separar las defensas.

Saludos