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  • Acuerdo en Ministerio de Trabajo de Pcia de Bs. As.

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #944605  por gui
 
Estimados colegas tengo un acuerdo en ministerio de trabajo de San Justo, voy por la parte trabajadora, es una relacion en negro y queria saber como es el tema en Pcia de Bs. As ? Los honorarios mios me los tendrá que pagar la empleadora en el momento de firmar el acuerdo porque tengo entendido no se puede colocar honorarios? Tiene fuerza ejecutiva luego de homologado o solo lo registran? Si o si debo presentarme con matricula en Pcia de Bs As? Si pueden indicarme la normativa que los regula se los agradecere.
 #944651  por Le26
 
Actualmente se pueden incorporar en el acta, aunque te generará la obligación ante la caja porqué vas a tener que presentarte (con matricula de pcia). También podes acordar pagarlo por afuera, pero depende de la confianza que tenes con la otra parte. Saludos
 #944871  por flux
 
Los honorarios mios me los tendrá que pagar la empleadora en el momento de firmar el acuerdo porque tengo entendido no se puede colocar honorarios?
Lo que arregles de palabra con la otra parte
Tiene fuerza ejecutiva luego de homologado o solo lo registran?
Vos mismo te respondiste..., si esta homologado es homologado con fuerza ejecutiva, si esta registrado es registrado y solo cuenta como pago a cuenta si hubiera un futuro reclamo. Eso depende de las condiciones del acuerdo
Si o si debo presentarme con matricula en Pcia de Bs As?
Si queres figurar en el acta si

Pero podes no presentarte, no es obligatorio el patrocinio en los acuerdos del MTpba porque el organismo actua como poder de policia laboral. En todo caso vas y pedis no presentarte en el acuerdo (deci para no pagar ius asi no reconoces que no tenes matricula)
Si pueden indicarme la normativa que los regula se los agradecere.
Date una vuelta por la delegacion donde vas a homologar y pedi el modelo que usen para pedir un acuerdo espontaneo. Cada una tiene su librito y modelitos propios :lol:
 #944908  por gui
 
Estimados colegas, desde ya agradezco enormemente sus aportes y hayan dedicado tiempo a responderme, espero poder retribuirlos en futuras consultas suyas. El tema es que el acuerdo lo va a solicitar la parte empleadora, mi consulta es como es el tema del deposito en el Ministerio, el empleador debe depositar previa firma del acuerdo o cuando firma el acuerdo? Cuando se firma el acuerdo se pacta una audiencia de pago o la trabajadora se presenta a retirar un cheque por el Ministerio? En cuanto tiempo cobra la trabajadora de la firma del acuerdo o el plazo lo determinan las partes? Tengo entendido que lo que se hable en la audiencia y consigne en el acuerdo, se puede utilizar como prueba?
 #945065  por DiegoAle
 
Se firma el acuerdo y en el Ministerio le dan el papel para hacer el deposito en la cuenta bancaria del Ministerio según la fecha o fechas estipuladas.
Podés corroborar por internet si se hace o no el depósito.
Luego tú cliente va al Banco Provincia con el dni y percibe.
 #945083  por Maiae
 
Estimados, me meto en este post porque estoy con un tema igual, también en matanza.
Voy por empleador, por lo que me gustaría que se homologue.
Respecto de los espontáneos, en Matanza, se homologan o solo se registran? o conviene que el trabajador inicie con denuncia para asegurarme la homologación? Es relación en negro, y el acuerdo sería por dos personas, padre e hijo, como lo ven respecto de ese tema?
Tienen un modelo de acuerdo?
Yo me quiero presentar como letrada, para asegurarme honorarios, y para también generar aportes. En ese caso, me conviene denunciar el porcentaje acordado, y sobre ese se paga el 10 por contradictorio y el 10 a cargo del letrado?
Por último, el pago, se puede condicionar a la homologación en el acuerdo?
Espero la respuestaaaaaaa!!!!!!!!!
GRACIASSSSSSSSSSSSSSSSSS!!!!!!!!!!!!!!!!!!