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 #944971  por agentil
 
Tengo un docente de colegio privado que ingreso a trabajar hace 4 años. Luego se lo cambió de cursos y ahora lo despiden y le pagan la indemnización correspondiente al último curso solamente (1 año).

Mando tcl intimando y me contestan que solo corresponde pagar la antigüedad del último curso. Están locos o yo soy el que está mal.

saludos!!
 #945049  por sanjuanino
 
Están absolutamente en pedo. Hay que ser muy HDP para hacer eso.
Y encima sostenerlo en un telegrama
 #945067  por andresxeneizes
 
no concuerdo con el colega cuyano, no es de hdp poner eso en el telegrama, los hdp son malos y te hacen chicanas a los fines de cagarte pero no te pondrian esto, esto no es de hdp, es de boludo total, ya que en el telegrama reconocen que pagan lo que se les canta y no lo que corresponde, imposible de salvar la multa del art 2 ley 25323
 #945071  por agentil
 
Gracias colegas!!! Es un docente titular de colegio privado de provincia de Bs As. En ese caso aplico la ley 13047, no???

Ahora, mi cliente fue con una inspectora al colegio para que controlara no sé que cosa (medio buchon el hombre) y luego de eso vino el despido, entonces entiendo que es un despido represaría...Que indemnización puedo pedir por eso? daño moral o que??

Esto sería en morón.

Saludos!!
 #945075  por andresxeneizes
 
el daño moral hay que probarlo, asi como lo contas parece medio imposible poder demostrar que lo rajaron porque se ensañaron con el.

lo de la ley te la debo porque no hago provincia
 #945076  por agentil
 
andresxeneizes escribió:el daño moral hay que probarlo, asi como lo contas parece medio imposible poder demostrar que lo rajaron porque se ensañaron con el.

lo de la ley te la debo porque no hago provincia
El tema es que le daban el curso como todos los años, o sea le negaban tareas y entonces se apersono al colegio con una inspectora de esas que van a los colegios a poner orden jaja, entonces obvio le hicieron la cruz y al otro día lo echaron por cd. Basta con que declare ésta inspectora y listo.

saludos!!
 #945228  por andresxeneizes
 
puede ser no te digo que no, es dificil, y tene en cuenta el tema de que se considera a veces testigo unico testigo nulo, pero bueno jugatela total en costas no te van a condenar porque lo que es el despido lo vas a ganar
 #945293  por sanjuanino
 
efectivamente se aplica la 13047.
Creo que, en este como en tantos casos, podríamos invocar el despido arbitrario, como paso previo a la indemnización o al pedido de daño moral. Me parece que por esa vía va a ser mas facil conseguir un resarcimiento por daño moral
 #947334  por laurasq
 
tal como dice sanjuanino se aplica esa ley hasta nivel medio no aplica superior ... exitos!
 #947587  por sanjuanino
 
andresxeneizes escribió:no concuerdo con el colega cuyano, no es de hdp poner eso en el telegrama, los hdp son malos y te hacen chicanas a los fines de cagarte pero no te pondrian esto, esto no es de hdp, es de boludo total, ya que en el telegrama reconocen que pagan lo que se les canta y no lo que corresponde, imposible de salvar la multa del art 2 ley 25323
Me olvidé de citar este post. Estoy completamente de acuerdo. Mas que HDP son boludos.
Creo también que la temeridad y malicia en este caso está palmariamente demostrada, por lo que además de la 25323 se aplicaría el art. 9 de la ley 25013. Yo probaria meterlo