Hola:
Una clienta me viene a consultar, porque la abogada que le tramitaba el divorcio no trabaja más.
Según me informa la clienta, ella le pagó a su anterior abogada los honorarios del divorcio (aunque, también según ella, nunca le dio recibo de pago). Lo único que le quedaba pagar eran las costas.
Me presento en el expediente, adjunto la nota de sustitución profesional correspondiente.
Nos piden:
1) Notificar de la sentencia de divorcio al otro cónyuge. Medida que ya fue cumplida
2) Pagar las costas. Ya las pagamos
3) Que se presente la abogada anterior, para decir si efectivamente cobró no no los honorarios....aquí se me complica TODO.
Enviamos una primer cédula al domicilio que tenía constituido en el expediente (que hasta donde yo entiendo, ES OBLIGACION del letrado mantenerlo o denunciar nuevo domicilio.......). Esa primer cédula vino rebotada....
Voy hasta el Colegio de Abogados, para ver si consigo una nueva dirección, me la facilitan, enviamos nueva cédula y nuevamente rebota,......porque la dirección es inexistente.....
(pequeño detalle, no tan menor: cuando me comunican el domicilio en el Colegio, también me informan DESDE CUANDO ESTA DADA DE BAJA VOLUNTARIAMENTE de la matrícula...y ahí me doy cuenta que cuando llevó adelante el divorcio no tenía matrícula habilitante, hecho que doy a conocer al Tribunal...y hasta ahora se han hecho los bolu.....)
La sentencia de divorcio es del 2008.
Por un lado, yo sostengo que la abogada perdió el derecho a reclamar los honorarios, porque pasó más de 2 años, con lo cual aún en el caso de que la clienta mienta respecto de haber pagado, esa deuda ya sería una obligación natural......
Por otro lado, si es obligación del profesional mantener el domicilio, mi fracaso ante la notificación no es culpa nuestra, sino falta de diligencia de la anterior profesional......
Aún así, del Juzgado (ahora ya no es tribunal, porque se dividieron), me exigen que envíe una NUEVA CÉDULA, proponen que acompañe un croquis (para la dirección inexistente), o que haga una CÉDULA BAJO RESPONSABILIDAD.......
Yo considero que no soy la gestora de cobranza de la anterior profesional, quien debió informar en el expediente si modificaba su domicilio, y que además no tenía autorización legal para ejercer......
Además, a esta altura la falta de inscripción del divorcio a mi cliente la CAUSA UN GRAVE PERJUICIO.
Aún así el Juzgado está emperrado en no hacer lugar a nuestros reclamos.....
Qué me aconsejan????????
Cómo logro que libren oficio y testimonio si me resulta IMPOSIBLE localizar a la otra profesional????????
Una clienta me viene a consultar, porque la abogada que le tramitaba el divorcio no trabaja más.
Según me informa la clienta, ella le pagó a su anterior abogada los honorarios del divorcio (aunque, también según ella, nunca le dio recibo de pago). Lo único que le quedaba pagar eran las costas.
Me presento en el expediente, adjunto la nota de sustitución profesional correspondiente.
Nos piden:
1) Notificar de la sentencia de divorcio al otro cónyuge. Medida que ya fue cumplida
2) Pagar las costas. Ya las pagamos
3) Que se presente la abogada anterior, para decir si efectivamente cobró no no los honorarios....aquí se me complica TODO.
Enviamos una primer cédula al domicilio que tenía constituido en el expediente (que hasta donde yo entiendo, ES OBLIGACION del letrado mantenerlo o denunciar nuevo domicilio.......). Esa primer cédula vino rebotada....
Voy hasta el Colegio de Abogados, para ver si consigo una nueva dirección, me la facilitan, enviamos nueva cédula y nuevamente rebota,......porque la dirección es inexistente.....
(pequeño detalle, no tan menor: cuando me comunican el domicilio en el Colegio, también me informan DESDE CUANDO ESTA DADA DE BAJA VOLUNTARIAMENTE de la matrícula...y ahí me doy cuenta que cuando llevó adelante el divorcio no tenía matrícula habilitante, hecho que doy a conocer al Tribunal...y hasta ahora se han hecho los bolu.....)
La sentencia de divorcio es del 2008.
Por un lado, yo sostengo que la abogada perdió el derecho a reclamar los honorarios, porque pasó más de 2 años, con lo cual aún en el caso de que la clienta mienta respecto de haber pagado, esa deuda ya sería una obligación natural......
Por otro lado, si es obligación del profesional mantener el domicilio, mi fracaso ante la notificación no es culpa nuestra, sino falta de diligencia de la anterior profesional......
Aún así, del Juzgado (ahora ya no es tribunal, porque se dividieron), me exigen que envíe una NUEVA CÉDULA, proponen que acompañe un croquis (para la dirección inexistente), o que haga una CÉDULA BAJO RESPONSABILIDAD.......
Yo considero que no soy la gestora de cobranza de la anterior profesional, quien debió informar en el expediente si modificaba su domicilio, y que además no tenía autorización legal para ejercer......
Además, a esta altura la falta de inscripción del divorcio a mi cliente la CAUSA UN GRAVE PERJUICIO.
Aún así el Juzgado está emperrado en no hacer lugar a nuestros reclamos.....
Qué me aconsejan????????
Cómo logro que libren oficio y testimonio si me resulta IMPOSIBLE localizar a la otra profesional????????