Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • HASTA CUANTOS DEMANDADOS PUEDE HABER?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #946171  por Natalia2012
 
Hola queridos colegas!
Les comento que tengo una gran duda y a la vez tonta.
Tengo un cliente que quiere intimar a la registracion a varias personas y a la empresa.
Resulta que es un taller cladestino y lo explotan 2 personas que el dice ser "sus jefes"...cuando le pregunte y era una empresa me dijo que si y que era "XX"...lo que quiero saber es que si puedo demandar a dos personas fisicas que explotan el local y a la empresa tambien...ustedes que dicen?
 #946172  por pepecurdele
 
podes demandar a todos los que vos quieras.
 #946180  por Natalia2012
 
Otra duda que tengo...mi cliente tendrá problemas llegado el caso de que demande a una persona que al final no tiene nada que ver con la empresa??
Lo pueden demandar por daños y perjuicios?
 #946213  por andresxeneizes
 
Natalia2012 escribió:Gracias, entonces hago 3 telegramas,...a la afip tambien seria 3? o mando una sola diciendo que intima a A B y C??
con una sola entiendo que alcanza, ya que me parece que lo contrario atentaria con el ppio de economia procesal y de informalidad que existe en esta etapa del proceso, ademas de que con un solo tcl donde se nombra a los 3 estaria tambien cumpliendose la funcion del mismo
Natalia2012 escribió:Otra duda que tengo...mi cliente tendrá problemas llegado el caso de que demande a una persona que al final no tiene nada que ver con la empresa??
Lo pueden demandar por daños y perjuicios?
entiendo que no lo pueden demandar por daños, pero lo pueden condenar en costas
 #946305  por JUSTINIANA
 
Perderá la excepción-si la interponen - de falta de legitimación pasiva contra....., las costas de la incidencia; reitero si la interponen.-No daños y perjuicios.-
El obrero es solvente?-
 #946313  por MORGAN
 
si es trabajo en negro puede demandar a todos, personas físicas y jurídicas no importando cuantos son, no hace falta intimar a cada uno de ellos con un solo telegrama es suficiente. tampoco no van a condenar al trabajador en costas por ninguna falta de legitimación pasiva.