Hola atodos el tema es el sgte. Mi cliente tenia un problema de agua, bastante serio ,cañeria de uso cumun con el otro duplex lindero, que afectaba seriamente a su vivienda. El lo arreglo notifcandole verbalmente a su vecina ,ella aprobo el presupuesto. Ahora no quiere abonar las reparaciones que el hizo (roturas,mano de obra revestimiento,materiales )en su vivienda,todo producto del levantamiento por rotura de cañeria de agua de uso comun. Lo urgente considero que no es necesario notificar, la reparaciò dl daño emergente considero corresponde, ahora no encuentro doctrina ni jurisprudencia..tienen alguna gracias!
No lloro la muerte irremediable por ser condicion de la existencia,lloro el tiempo oin conciencia porque de esa muerte diaria soy culpable.
