Buenas tardes!! Estoy armando la demanda de Reajuste de un Sr. que se jubila en 2001 bajo la Ley 24.241 he aplicado los siguientes fallos: BADARO, ZAGARI, ELIFF Y SANCHEZ.. AHORA LAS PREGUNTAS: ES CONVENIENTE MENCIONAR EL CASO CIRILLO? ME FALTA ALGUN OTRO? muchas gracias por la ayuda, es mi primer juicio de reajuste y estoy un poco perdida... he leido millones de posts y me compre un libro pero quiero consultarles a los experimentados en el tema...MIL GRACIAS!!
El silencio suele ser el mejor aliado
