Hola colegas, casualmente y leyendo un poco en el foro me percate de que existen muchos comentarios que refieren a casos sobre nuestros honorarios que al momento de ser ejecutados o pedir por su regulación se establecen procedimientos mas rápidos y eficaces en otras provincias, superando notablemente en sus decisiones a los tribunales de la Provincia de buenos Aires.
Relacionado con esto quiero compartir para que sirva de ejemplo un caso aún pendiente en el tribunal de trabajo Nº 5 de San Martín. Espero sirva de ayuda y referencia.
Hace aproximadamente un año inicie demanda laboral por despido, acompañando toda la prueba al respecto, pague los gastos de inicio del expediente pues mi clienta no respondía mis llamados. Lo inicie con poder que me había firmado. Luego de notificada la demanda mi clienta me envía una carta documento revocándome el poder otorgado. Voy a ver el expediente y esta se presento con otra abogada desistiendo de la acción y el derecho contra el demandado acompañando con el escrito acuerdo supuestamente celebrado ante escribano público por el cual se le pagaba una suma ínfima como extintiva del vínculo laboral. Más allá de la reprochable actitud de la colega que a sabiendas de un juicio iniciado y en trámite con otro letrado se presenta al solo fine de hacer desistir a la parte actora. Y el fragante fraude de La parte demandada que notificada de la demanda a posteriori realiza este acuerdo por fuera del expediente, Etc . Denuncio esta situación al juzgado mediante escrito en el que practico liquidación por trabajos extrajudiciales realizados, gastos en los que incurrí etc y el juzgado me regula honorarios provisorios ( 20% del monto de este acuerdo) así que consulto al juzgado si puedo reclamarlos y solicitar por los definitivos. Pero me RESPONDEN QUE EL DESISTIMIENTO LA ACTORA LO DENE HACER PERSONALMENTE EN EL JUZGADO para que quede firme y solo ahi podre pedir me regulen los honorarios definitivos, que en atención a los que me regularon provisoriamente no van a ser muy altos. Obviamente esta mujer no se va a presentar a ratificar el desistimiento por lo que puede quedar en suspenso indefinidamente al igual que mis honorarios. El convenio que le hice firmar lo debo presentar en este expediente pero hasta tanto no quede firme el desistimiento, NO PASA NADA. Esto demuestra la poca dinámica e interés de la justicia en resolver sobre nuestros honorarios que no hay que olvidar tienen caracter alimentario. Realmente es vergonzoso que no haya un criterio uniforme sobre la percepción de nuestros honorarios. Sin olvidad la actitud de algunos abogados que cabe recordarles que todo vuelve en esta profesión. Sdos.
Relacionado con esto quiero compartir para que sirva de ejemplo un caso aún pendiente en el tribunal de trabajo Nº 5 de San Martín. Espero sirva de ayuda y referencia.
Hace aproximadamente un año inicie demanda laboral por despido, acompañando toda la prueba al respecto, pague los gastos de inicio del expediente pues mi clienta no respondía mis llamados. Lo inicie con poder que me había firmado. Luego de notificada la demanda mi clienta me envía una carta documento revocándome el poder otorgado. Voy a ver el expediente y esta se presento con otra abogada desistiendo de la acción y el derecho contra el demandado acompañando con el escrito acuerdo supuestamente celebrado ante escribano público por el cual se le pagaba una suma ínfima como extintiva del vínculo laboral. Más allá de la reprochable actitud de la colega que a sabiendas de un juicio iniciado y en trámite con otro letrado se presenta al solo fine de hacer desistir a la parte actora. Y el fragante fraude de La parte demandada que notificada de la demanda a posteriori realiza este acuerdo por fuera del expediente, Etc . Denuncio esta situación al juzgado mediante escrito en el que practico liquidación por trabajos extrajudiciales realizados, gastos en los que incurrí etc y el juzgado me regula honorarios provisorios ( 20% del monto de este acuerdo) así que consulto al juzgado si puedo reclamarlos y solicitar por los definitivos. Pero me RESPONDEN QUE EL DESISTIMIENTO LA ACTORA LO DENE HACER PERSONALMENTE EN EL JUZGADO para que quede firme y solo ahi podre pedir me regulen los honorarios definitivos, que en atención a los que me regularon provisoriamente no van a ser muy altos. Obviamente esta mujer no se va a presentar a ratificar el desistimiento por lo que puede quedar en suspenso indefinidamente al igual que mis honorarios. El convenio que le hice firmar lo debo presentar en este expediente pero hasta tanto no quede firme el desistimiento, NO PASA NADA. Esto demuestra la poca dinámica e interés de la justicia en resolver sobre nuestros honorarios que no hay que olvidar tienen caracter alimentario. Realmente es vergonzoso que no haya un criterio uniforme sobre la percepción de nuestros honorarios. Sin olvidad la actitud de algunos abogados que cabe recordarles que todo vuelve en esta profesión. Sdos.