Hola! Tengo un expediente de daños y perjuicios con sentencia firme contra la Municipalidad de Luján y no sé cómo comenzar el cobro. En el G.C.B.A. sé que se hace la previsión presupuestaria y se abona al año siguiente, pero en Pcia. de Buenos Aires no tuve ningún caso similar, estuve averiguando pero no encontré nada. No sé si la normativa sería provincial o municipal.
Alguien me podría orientar?
Alguien me podría orientar?
