HOLA SOY NUEVA EN EL FORO Y RECIEN ESTOY COMENZANDO EN ESTA PROFESION . LEI TODO LO QUE TIENE QUE VER CON DESALOJO CREO.-
MI CLIENTA , ALQUILO UN LOCAL COMERCIAL EN EL AÑO 2009 Y SE VENCIO EN MARZO DEL AÑO 2012, AHI CON OTRO ABOGADO SE PACTO UNA PORROGA DE CONTRATO POR UN AÑO EL CUAL FINALIZO EN 31 DE MARZO DE ESTE AÑO (2013).-
RESULTA QUE EN INQUILINO NOS DIJO QUE SE IBA A CONSEGUIR OTRO LUGAR PARA TRASLADAR MUDARSE Y A SU VES TRASLADAR TODAS LAS COSAS ( YA QUE ES UNA TINTORERIA , Y TODA LA MAQUINARIA ES ALQUILADA DE OTRO SEÑOR), PERO LLAMO HACE PODO DICIENDO QUE LAS COSAS NO LE ENTRABAN EN EL OTRO LUGAR POR LO QUE DECIMOS HACER UNA EXTENSION POR UN MES DE LA PORROGA CONTRACTUAL PACTADA ANTERIORMENTE , DANDOLE UN MES MAS, PARA QUE ENCUENTRE OTRO LUGAR , Y AL VENCIMIENTO DE ESTE MES SI NO SE VA SE REALIZARA EL DESALOJO AQUI LE PONGO MI ESCRITO HABER SI LES PARECE BIEN. ESTO ULTIMO SE HACE YA QUE LA LOCADORA QUIERE EVITAR IR A JUICIO
En la Ciudad de Rio Tercero, en el primer día del mes de Abril del año dos mil trece, entre los Sres. Yolanda Nelly Garello , D.N.I N° 2.623.718, argentina, mayor de edad, con domicilio real sito en calle Belgrano N° 548, Planta Alta, de la Ciudad de Rio Tercero ,Provincia de Córdoba, por una parte, y en adelante llamada “ LA PARTE LOCADORA” y el Sr. Javier Marcelo Pedraza, D.N.I N°16.445.641,argentino, mayor de edad, soltero, con domicilio real sito en calle General Paz N° 517, en adelante llamado “LA PARTE LOCATARIA”, todos hábiles para este acto, conviene celebrar un Convenio de Prórroga del Plazo Contractual de Locación, sujeto a las siguientes clausulas:
PRIMERA: El Sr. Javier Marcelo PEDRAZA (D.N.I N° 16.445.641), reconoce su calidad de Locatario del inmueble de la Locadora Sra. Yolanda Nelly Garello (D.N.I N° 2.623.718), sito en calle Garibaldi esquina General Paz, de la Ciudad de Rio Tercero, correspondiente al salón comercial conforme a clausula Primera del contrato de locación de fecha 26 de marzo de 2009, inmueble este que ocupa en tal carácter desde la mencionada fecha , por lo que el periodo mínimo locativo de tres años se encuentra cumplimentado y vencido desde el treinta y uno de marzo del dos mil doce.-
SEGUNDA: Que ambas partes pactaron el día quince de mayo del dos mil doce, un Convenio de Prórroga del Plazo Contractual de la Locación, estipulando la finalización del mismo para el día treinta y uno de marzo del año dos mil trece, el cual se encuentra finalizado.-
TERCERA: En este acto, las partes Locadora (Sra. Yolanda Nelly Garello) y Locataria (Sr. Javier Marcelo Pedraza), pactan por el presente una extensión del Convenio de Porraga del Plazo Contractual de Locación, mecionado ut-supra; hasta el día 30 de Abril del año 2013, fecha en la cual el locatario se obliga a restituir a la Locadora el inmueble locado descripto en la cláusula precedente, libre de ocupantes y/o cosas puestas por el o que de el dependan y en las mismas buenas condiciones de habitabilidad y limpieza que fuera recibido, totalmente desocupado, y sin necesidad de notificación previa, venciendo el plazo extensión de la prórroga contractual en la fecha citada de puro derecho, pactándose el efecto de la mora automática.-
CUARTA: Se acuerda que el precio de este periodo locativo de 30 dias correspondientes a la extensión de la prórroga contractual, es de PESOS …………. ( ) pagaderos del uno al diez de cada mes en el domicilio sito en calle Belgrano 546, de la Ciudad de Rio Tercero, Cordoba , acordándose expresamente que ante la falta de pago en termino del precio locativo la Locadora queda autorizada para accionar judicialmente su cobro y desalojo del inmueble.-
QUINTA: Queda prohibido al Locatario efectuar mejoras de ninguna naturaleza en el inmueble locado sin consentimiento por escrito de la parte Locadora.-Igualmente queda expresamente prohibida al Locatario la cesión Total o parcial del presente contrato de locación, ni de la tenencia del inmueble locado, el cual podrá ser utilizado para uso exclusivo del Locatario como destino comercial no pudiendo darle otro destino.-
SEXTA: Queda vigentes las cláusulas contractuales pactadas en el contrato locativo de fecha 26 de marzo de 2009, que no hayan sido modificadas por la presente.-
SEPTIMA (FIANZA SOLIDARIA): El Sr. Octavio Marcos Garello (D.N.I N° 6.589.856), argentino, mayor de edad, con domicilio sito en calle Intendente Bonanzo N° 188, de la Ciudad de Rio Tercero, Córdoba , se constituye en FIADOR SOLIDARIO LISO Y LLANO Y PRINCIPAL PAGADOR, de las obligaciones asumidas por el LOCATARIO en la presente extensión de la prórroga contractual declarando conocer el contrato original con fecha 26 de marzo de 2009, ratificando todas sus cláusulas y renunciado expresamente a los beneficios de división y excusión de los bienes del deudor , fianza que consiente continuara más allá del vencimiento del presente , hasta que la parte Locataria devuelva a la parte Locadora la tenencia del inmueble alquilado y este reciba la restitución y tenencia de conformidad y acredite la parte Locataria haber dado cumplimiento a todas las obligaciones a su cargo en las condiciones pactadas y a entera satisfacción de la parte Locadora.- /////////////
En prueba su conformidad y previo su lectura y ratificación, se firman TRES ejemplares de un solo tenor y a un mismo efecto, recibiendo cada parte su copia , en el lugar y fecha arriba consignados.-
GRACIAS!!
MI CLIENTA , ALQUILO UN LOCAL COMERCIAL EN EL AÑO 2009 Y SE VENCIO EN MARZO DEL AÑO 2012, AHI CON OTRO ABOGADO SE PACTO UNA PORROGA DE CONTRATO POR UN AÑO EL CUAL FINALIZO EN 31 DE MARZO DE ESTE AÑO (2013).-
RESULTA QUE EN INQUILINO NOS DIJO QUE SE IBA A CONSEGUIR OTRO LUGAR PARA TRASLADAR MUDARSE Y A SU VES TRASLADAR TODAS LAS COSAS ( YA QUE ES UNA TINTORERIA , Y TODA LA MAQUINARIA ES ALQUILADA DE OTRO SEÑOR), PERO LLAMO HACE PODO DICIENDO QUE LAS COSAS NO LE ENTRABAN EN EL OTRO LUGAR POR LO QUE DECIMOS HACER UNA EXTENSION POR UN MES DE LA PORROGA CONTRACTUAL PACTADA ANTERIORMENTE , DANDOLE UN MES MAS, PARA QUE ENCUENTRE OTRO LUGAR , Y AL VENCIMIENTO DE ESTE MES SI NO SE VA SE REALIZARA EL DESALOJO AQUI LE PONGO MI ESCRITO HABER SI LES PARECE BIEN. ESTO ULTIMO SE HACE YA QUE LA LOCADORA QUIERE EVITAR IR A JUICIO
En la Ciudad de Rio Tercero, en el primer día del mes de Abril del año dos mil trece, entre los Sres. Yolanda Nelly Garello , D.N.I N° 2.623.718, argentina, mayor de edad, con domicilio real sito en calle Belgrano N° 548, Planta Alta, de la Ciudad de Rio Tercero ,Provincia de Córdoba, por una parte, y en adelante llamada “ LA PARTE LOCADORA” y el Sr. Javier Marcelo Pedraza, D.N.I N°16.445.641,argentino, mayor de edad, soltero, con domicilio real sito en calle General Paz N° 517, en adelante llamado “LA PARTE LOCATARIA”, todos hábiles para este acto, conviene celebrar un Convenio de Prórroga del Plazo Contractual de Locación, sujeto a las siguientes clausulas:
PRIMERA: El Sr. Javier Marcelo PEDRAZA (D.N.I N° 16.445.641), reconoce su calidad de Locatario del inmueble de la Locadora Sra. Yolanda Nelly Garello (D.N.I N° 2.623.718), sito en calle Garibaldi esquina General Paz, de la Ciudad de Rio Tercero, correspondiente al salón comercial conforme a clausula Primera del contrato de locación de fecha 26 de marzo de 2009, inmueble este que ocupa en tal carácter desde la mencionada fecha , por lo que el periodo mínimo locativo de tres años se encuentra cumplimentado y vencido desde el treinta y uno de marzo del dos mil doce.-
SEGUNDA: Que ambas partes pactaron el día quince de mayo del dos mil doce, un Convenio de Prórroga del Plazo Contractual de la Locación, estipulando la finalización del mismo para el día treinta y uno de marzo del año dos mil trece, el cual se encuentra finalizado.-
TERCERA: En este acto, las partes Locadora (Sra. Yolanda Nelly Garello) y Locataria (Sr. Javier Marcelo Pedraza), pactan por el presente una extensión del Convenio de Porraga del Plazo Contractual de Locación, mecionado ut-supra; hasta el día 30 de Abril del año 2013, fecha en la cual el locatario se obliga a restituir a la Locadora el inmueble locado descripto en la cláusula precedente, libre de ocupantes y/o cosas puestas por el o que de el dependan y en las mismas buenas condiciones de habitabilidad y limpieza que fuera recibido, totalmente desocupado, y sin necesidad de notificación previa, venciendo el plazo extensión de la prórroga contractual en la fecha citada de puro derecho, pactándose el efecto de la mora automática.-
CUARTA: Se acuerda que el precio de este periodo locativo de 30 dias correspondientes a la extensión de la prórroga contractual, es de PESOS …………. ( ) pagaderos del uno al diez de cada mes en el domicilio sito en calle Belgrano 546, de la Ciudad de Rio Tercero, Cordoba , acordándose expresamente que ante la falta de pago en termino del precio locativo la Locadora queda autorizada para accionar judicialmente su cobro y desalojo del inmueble.-
QUINTA: Queda prohibido al Locatario efectuar mejoras de ninguna naturaleza en el inmueble locado sin consentimiento por escrito de la parte Locadora.-Igualmente queda expresamente prohibida al Locatario la cesión Total o parcial del presente contrato de locación, ni de la tenencia del inmueble locado, el cual podrá ser utilizado para uso exclusivo del Locatario como destino comercial no pudiendo darle otro destino.-
SEXTA: Queda vigentes las cláusulas contractuales pactadas en el contrato locativo de fecha 26 de marzo de 2009, que no hayan sido modificadas por la presente.-
SEPTIMA (FIANZA SOLIDARIA): El Sr. Octavio Marcos Garello (D.N.I N° 6.589.856), argentino, mayor de edad, con domicilio sito en calle Intendente Bonanzo N° 188, de la Ciudad de Rio Tercero, Córdoba , se constituye en FIADOR SOLIDARIO LISO Y LLANO Y PRINCIPAL PAGADOR, de las obligaciones asumidas por el LOCATARIO en la presente extensión de la prórroga contractual declarando conocer el contrato original con fecha 26 de marzo de 2009, ratificando todas sus cláusulas y renunciado expresamente a los beneficios de división y excusión de los bienes del deudor , fianza que consiente continuara más allá del vencimiento del presente , hasta que la parte Locataria devuelva a la parte Locadora la tenencia del inmueble alquilado y este reciba la restitución y tenencia de conformidad y acredite la parte Locataria haber dado cumplimiento a todas las obligaciones a su cargo en las condiciones pactadas y a entera satisfacción de la parte Locadora.- /////////////
En prueba su conformidad y previo su lectura y ratificación, se firman TRES ejemplares de un solo tenor y a un mismo efecto, recibiendo cada parte su copia , en el lugar y fecha arriba consignados.-
GRACIAS!!
