hola, mi caso es el siguiente.
Un abogado hizo convenio de honorarios con trabajadora por diferencias salariales. Se llegó a un acuerdo con la razón social en pagar en cuotas, se homologó . el abogado acordó cobrar según cobro mensual de la sra.. En los días de cobro, solo iba la sra a buscar hasta que encontraba al empleador para pagarle y al día siguiente pasaba el abogado a cobrar su porcentaje. La sra. con una enfermedad terminal. Ante las ausencias del abogado para hacer cumplir día y lugar de pago, la señora acude a mi patrocinio para continuar. Se abonaron 2 cuotas mas por secretaria de trabajo y ante el incumplimiento de pago en fecha acordada, se lo dio por decaído y se comenzó a reclamar todo por vía judicial, según clausula del convenio.
En ese interín fallece la sra de cancer. No llegamos a interponer la demanda y la razón social hizo pago por consignación. paralelamente se inicia juicio sucesorio para poder cobrar.
Ahora bien, el abogado anterior inicia demanda por ejecución de convenio. Año 2010, se entera que la sra fallece y comunica al juzgado, después de idas y vueltas, el juzgado dice que se presenten los herederos a estar a derecho.
Mi duda:
1- si se presentan los herederos, deben contestar la demanda? 2- es posible oponer falta de legitimación pasiva, en razón de que el convenio es intuito personae y, en todo caso acudir por la vía que corresponde, o sea, como acreedor en la sucesión?
3- corresponde pagar el convenio si tuvo faltas graves que hicieran justamente que cambie de abogado?
Por favor si puede opinr se lo agradezco. Gracias.-
Un abogado hizo convenio de honorarios con trabajadora por diferencias salariales. Se llegó a un acuerdo con la razón social en pagar en cuotas, se homologó . el abogado acordó cobrar según cobro mensual de la sra.. En los días de cobro, solo iba la sra a buscar hasta que encontraba al empleador para pagarle y al día siguiente pasaba el abogado a cobrar su porcentaje. La sra. con una enfermedad terminal. Ante las ausencias del abogado para hacer cumplir día y lugar de pago, la señora acude a mi patrocinio para continuar. Se abonaron 2 cuotas mas por secretaria de trabajo y ante el incumplimiento de pago en fecha acordada, se lo dio por decaído y se comenzó a reclamar todo por vía judicial, según clausula del convenio.
En ese interín fallece la sra de cancer. No llegamos a interponer la demanda y la razón social hizo pago por consignación. paralelamente se inicia juicio sucesorio para poder cobrar.
Ahora bien, el abogado anterior inicia demanda por ejecución de convenio. Año 2010, se entera que la sra fallece y comunica al juzgado, después de idas y vueltas, el juzgado dice que se presenten los herederos a estar a derecho.
Mi duda:
1- si se presentan los herederos, deben contestar la demanda? 2- es posible oponer falta de legitimación pasiva, en razón de que el convenio es intuito personae y, en todo caso acudir por la vía que corresponde, o sea, como acreedor en la sucesión?
3- corresponde pagar el convenio si tuvo faltas graves que hicieran justamente que cambie de abogado?
Por favor si puede opinr se lo agradezco. Gracias.-