Estimados Colegas, consulto la siguiente duda: sobre un inmueble (en Provincia de Buenos Aires) tengo trabada una medida cautelar de no innovar dictada por un Juzgado de Instrucción. Pude averiguar que la causa prescribió, pero en el dominio sigue saliendo la anotacion de la cautelar. Ya lleva 14 años anotada. ¿Solo puede darse de baja por orden del Juez Penal o caducan de igual manera que cualquier otra cautelar dictada en un proceso civil?. Desde ya gracias.