El caso es de un sr de 65 años recién cumplidos con 15 años de aportes, es viudo y recibe la pensión de su esposa. Por lo que no puede jubilarse sino paga de contado para llegar a los 30 años.
Mi pregunta es: se podrá dar de baja a la pensión, luego jubilarlo por moratoria y después si su esposa tenía aportes como autónomo hacer una pensión directa ya que el único requisito es que haya fallecido antes del 24/10/2006?
Mi pregunta es: se podrá dar de baja a la pensión, luego jubilarlo por moratoria y después si su esposa tenía aportes como autónomo hacer una pensión directa ya que el único requisito es que haya fallecido antes del 24/10/2006?