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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #950303  por AGDA
 
Caso: trabajador con 31años de servicios en RRDD

No tiene nro de cuenta autónomo en PHA

En el PUC le figura 07/2004 al 06/2010 __ 11 Monotributo Previsional - No aportante (no se toma para la jubilación)

Luego, en la pestaña "Pagos" (SICAM) y en el SIJP me surgen 01, 03 y 05/2002 de aportes de autónomos (ANSE A14) de los cuales carezco de las boletas correspondientes (circ 58/10) Cuando los cargo en sit de revista me arrojan deuda 0.

Mi duda es que hago con esos tres meses. Entiendo que puedo cargarlos en situación de revista y renunciarlos (cfr. L. 25321), toda vez que, al carecer de las boletas respectivas, no podría hacerlos valer, sin perjuicio de que está pasado de aportes.

Está bien así?
 #950307  por hugo2
 
AGDA escribió:Caso: trabajador con 31años de servicios en RRDD

No tiene nro de cuenta autónomo en PHA

En el PUC le figura 07/2004 al 06/2010 __ 11 Monotributo Previsional - No aportante (no se toma para la jubilación)

Luego, en la pestaña "Pagos" (SICAM) y en el SIJP me surgen 01, 03 y 05/2002 de aportes de autónomos (ANSE A14) de los cuales carezco de las boletas correspondientes (circ 58/10) Cuando los cargo en sit de revista me arrojan deuda 0.

Mi duda es que hago con esos tres meses. Entiendo que puedo cargarlos en situación de revista y renunciarlos (cfr. L. 25321), toda vez que, al carecer de las boletas respectivas, no podría hacerlos valer, sin perjuicio de que está pasado de aportes.
Nadie te va a pedir las boletas, no obstante segun la 25321 podes renunciar a todo lo que no necesites.
Está bien así?
 #950308  por hugo2
 
Nadie te va a pedir las boletas, no obstante por la 25321 podes renunciar a todo lo que no necesites.
 #950324  por AGDA
 
hugo2 escribió:Nadie te va a pedir las boletas, no obstante por la 25321 podes renunciar a todo lo que no necesites.
HUGO2, gracias por tu respuesta. La literalidad de la circ 58/10 exige la presentación de las boletas y cito: "se aclara que si el afiliado invoca aportes realizados en tiempo y forma, mediante la presentación de las boletas de aportes originales que respalden lo indicado en la situación de revista del SICAM, son considerados como prueba suficiente de servicio, en tanto estén incluidos en el formulario (historia de pagos) que emite el SICAM"
Voy a consultar el criterio de la UDAI

En tu opinión, cargo esos 3 meses en la sit de revista (a pesar de no estar en el PUC) y liquido. Me va a arrojar deuda 0. Eventualmente, lo renuncio con L. 25321. Te interpreté bien?
 #950520  por arielruiz86
 
Si. Los podes computar o no, como quieras, invocando para ello las circulares 49/10 punto 3, la 15/11 y 58/10.
 #952136  por AGDA
 
arielruiz86 escribió:Si. Los podes computar o no, como quieras, invocando para ello las circulares 49/10 punto 3, la 15/11 y 58/10.
Arielruiz86, gracias por tu aporte. Estaba bien orientado con la normativa, pero siempre me generan dudas las diferencias con el PUC
Gracias y saludos...