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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #951032  por jbaroff
 
Buenas a todos,

tengo el siguiente problema, un preaviso hecho firmar en blanco el mismo dia de la contratacion, cinco meses mas tarde es despedido, llenando la fecha a maquina.

La firma es correcta.

Hay alguna doctrina acerca de la forma de notificacion del preaviso?

En el juzgado le preguntaron a mi cliente si reconocia esa firma y dijo que si, y entonces declararon la causa de puro derecho, dado que el resto de la documentacion era real.

Esto porque el juez entendia que ese preaviso no concordaba con el tipo de contrato.

Sin embargo efectivamente concuerda, con lo cual, al no probarlo mediante testigos por considerarlo improcedente, no pudiendo apelarlo como actor (no solo no pudiendo, sino que era ponerme al juez que estaba totalmente de mi lado, en un punto bastante mas distante), la demandada, con razon, esta diciendo que el juez se equivoca al considerar que el preaviso esta correctamente dado.

El punto es que fue firmado en blanco. Y la unica salida que veo es que se le pida alguna minima formalidad en alguna jurisprudencia o al menos doctrina, de manera que al no cumplir con la minima formalidad quede sin efecto.

En Abeledo no encontre nada. Alguna mente brillante que ilumine mi poco iluminado bagaje doctrinario?

Gracias
 #951143  por GU
 
jbaroff escribió:Esto porque el juez entendia que ese preaviso no concordaba con el tipo de contrato.

Sin embargo efectivamente concuerda, con lo cual, al no probarlo mediante testigos por considerarlo improcedente, no pudiendo apelarlo como actor (no solo no pudiendo, sino que era ponerme al juez que estaba totalmente de mi lado, en un punto bastante mas distante), la demandada, con razon, esta diciendo que el juez se equivoca al considerar que el preaviso esta correctamente dado.
No me queda claro. Si entendio que ese preaviso no concordaba con el tipo de contrato, implica que el preaviso no es valido, y en consecuencia te favorece a vos. Si lo que quisiste decir es que tuvo por acreditado el preaviso, hay que ver en que incide eso en el resto del planteo.

El reconocimiento de la firma se tiene que hacer desconociendo expresamente el contenido del instrumento firmado, y manifestando que existio un abuso de firma en blanco. Si esto se hace asi, resulta extraño que se declare de puro derecho porque el instrumento esta desconocido, y en consecuencia, debe probarse.

Respecto a la formalidad, yo no creo que haya una exigencia de hacerlo por medio fehaciente. No esta establecido en ningun lado. Y corresponde al trabajador, acreditar la irregularidad del preaviso firmado (sea por firma en blanco o lo que fuere).

Salutes!
 #951192  por sanjuanino
 
GU escribió: El reconocimiento de la firma se tiene que hacer desconociendo expresamente el contenido del instrumento firmado, y manifestando que existio un abuso de firma en blanco. Si esto se hace asi, resulta extraño que se declare de puro derecho porque el instrumento esta desconocido, y en consecuencia, debe probarse.
Respecto a la formalidad, yo no creo que haya una exigencia de hacerlo por medio fehaciente. No esta establecido en ningun lado. Y corresponde al trabajador, acreditar la irregularidad del preaviso firmado (sea por firma en blanco o lo que fuere).
Salutes!
Como siempre, brillante.
Me hubiese gustado poder encontrar esa manera didáctica de explicar las cosas
 #951196  por ods
 
jbaroff escribió: la demandada, con razon, esta diciendo que el juez se equivoca al considerar que el preaviso esta correctamente dado.

Gracias
No entendi.
Primero que explique porque se queja la demandada si el preaviso esta correctamente dado.
Segundo porque reconoció el contenido de la nota de preaviso
 #951252  por jbaroff
 
ods escribió:
jbaroff escribió: la demandada, con razon, esta diciendo que el juez se equivoca al considerar que el preaviso esta correctamente dado.

Gracias
No entendi.
Primero que explique porque se queja la demandada si el preaviso esta correctamente dado.
Segundo porque reconoció el contenido de la nota de preaviso
Perdon, me equivoque al escribir. el juez considera que el preaviso no es valido para el tipo de contrato.
 #951259  por jbaroff
 
GU escribió:
jbaroff escribió:Esto porque el juez entendia que ese preaviso no concordaba con el tipo de contrato.

Sin embargo efectivamente concuerda, con lo cual, al no probarlo mediante testigos por considerarlo improcedente, no pudiendo apelarlo como actor (no solo no pudiendo, sino que era ponerme al juez que estaba totalmente de mi lado, en un punto bastante mas distante), la demandada, con razon, esta diciendo que el juez se equivoca al considerar que el preaviso esta correctamente dado.
No me queda claro. Si entendio que ese preaviso no concordaba con el tipo de contrato, implica que el preaviso no es valido, y en consecuencia te favorece a vos. Si lo que quisiste decir es que tuvo por acreditado el preaviso, hay que ver en que incide eso en el resto del planteo.

El reconocimiento de la firma se tiene que hacer desconociendo expresamente el contenido del instrumento firmado, y manifestando que existio un abuso de firma en blanco. Si esto se hace asi, resulta extraño que se declare de puro derecho porque el instrumento esta desconocido, y en consecuencia, debe probarse.

Respecto a la formalidad, yo no creo que haya una exigencia de hacerlo por medio fehaciente. No esta establecido en ningun lado. Y corresponde al trabajador, acreditar la irregularidad del preaviso firmado (sea por firma en blanco o lo que fuere).

Salutes!
Si, dentro de la sentencia me favorece.
Al momento de la audiencia, primero me cita a mi antes, me dice que esto esta totalmente probado que la demandada actuo mal y que tengo toda la razon, de hecho en la sentencia transcribe parte de mi demanda. Cuando le digo lo del preaviso, que esta firmado en blanco, me dice que no me preocupe, que no es valido, y ahi me manda con el audiencista.

Yo supuse que el juez tenia alguna doctrina o jurisprudencia, dado que yo ejerzo en lo laboral desde hace un año, no le iba a preguntar a la jueza ¿esta seguro?...

En la sentencia dice que es un contrato a plazo, por lo tanto no corresponde preaviso, y parrafo seguido dice que en realidad es permanente, o sea se contradice y eso es lo que ataca la demandada, diciendo que si es permanente el preaviso esta bien dado, cosa que es cierta si no se ataca la validez, formalmente parece correcto. De hecho la relacion es permanente discontinua, no a plazo.

Entonces si hay doctrina o jurisprudencia que avale alguna minima formalidad en el preaviso, me podria agarrar de eso, y apelar la sentencia, pero como no la tengo, tengo que ver como le encuentro alguna justificacion a lo que puso el juez en la sentencia, cosa verdaderamente dificil.
 #951422  por GU
 
Es que sigo sin entenderte (tengo unos dias complicados...).

Si la sentencia te favorece a vos, te reconoce (aun mediante una contradiccion) la procedencia de la sustitutiva de preaviso, que es lo que vas a apelar? Cual es el agravio?

Ahora, si lo que vos queres, es contestar los agravios de la demandada, en base a ese argumento, no se como quedas parado sino se tuvo por desconocido el instrumento del preaviso. No tengo jurisprudencia al respecto, para mi, formalmente es valido.

Salutes!
 #951500  por jbaroff
 
GU escribió:Es que sigo sin entenderte (tengo unos dias complicados...).

Si la sentencia te favorece a vos, te reconoce (aun mediante una contradiccion) la procedencia de la sustitutiva de preaviso, que es lo que vas a apelar? Cual es el agravio?

Ahora, si lo que vos queres, es contestar los agravios de la demandada, en base a ese argumento, no se como quedas parado sino se tuvo por desconocido el instrumento del preaviso. No tengo jurisprudencia al respecto, para mi, formalmente es valido.

Salutes!
Bueno, veo que entonces entendiste perfectamente.
Yo no tengo ningun agravio, lo que pasa es que como vos decis, contestar lo que pone la demandada es muy dificil, tengo que ver que vuelta le encuentro para justificar la sentencia, mandare algun texto incomprensible y que camara descifre lo que crea que dice, o encuentre el sustento de la sentencia, o que le de la razon a la demandada...
 #951602  por GU
 
Ok, me costo pero entendi. Si, la tenes dificil.

Por lo menos es solo el preaviso...

Salutes!
 #951678  por adessoma
 
Consulta: Vos señalás que "el preaviso no corresponde para este tipo de contrato". ¿Se trata de un trabajador de la construcción o régimen agrario?
 #956205  por jbaroff
 
adessoma escribió:Consulta: Vos señalás que "el preaviso no corresponde para este tipo de contrato". ¿Se trata de un trabajador de la construcción o régimen agrario?
No es empleado de comercio.
El juez dice que como es nulo el contrato de trabajo por errar el tipo (es una empresa de servicios eventuales y solo puede hacer contratos por tiempo indeterminado cuando es personal para prestar servicios en otras empresas, esto es, su actividad principal) tambien es nulo el preaviso.
No he encontrado nada que fundamente esa idea, pero la defendi citando contratos en general, donde si cae lo principal cae lo accesorio. Veremos que dice camara.