Buenas a todos,
tengo el siguiente problema, un preaviso hecho firmar en blanco el mismo dia de la contratacion, cinco meses mas tarde es despedido, llenando la fecha a maquina.
La firma es correcta.
Hay alguna doctrina acerca de la forma de notificacion del preaviso?
En el juzgado le preguntaron a mi cliente si reconocia esa firma y dijo que si, y entonces declararon la causa de puro derecho, dado que el resto de la documentacion era real.
Esto porque el juez entendia que ese preaviso no concordaba con el tipo de contrato.
Sin embargo efectivamente concuerda, con lo cual, al no probarlo mediante testigos por considerarlo improcedente, no pudiendo apelarlo como actor (no solo no pudiendo, sino que era ponerme al juez que estaba totalmente de mi lado, en un punto bastante mas distante), la demandada, con razon, esta diciendo que el juez se equivoca al considerar que el preaviso esta correctamente dado.
El punto es que fue firmado en blanco. Y la unica salida que veo es que se le pida alguna minima formalidad en alguna jurisprudencia o al menos doctrina, de manera que al no cumplir con la minima formalidad quede sin efecto.
En Abeledo no encontre nada. Alguna mente brillante que ilumine mi poco iluminado bagaje doctrinario?
Gracias
tengo el siguiente problema, un preaviso hecho firmar en blanco el mismo dia de la contratacion, cinco meses mas tarde es despedido, llenando la fecha a maquina.
La firma es correcta.
Hay alguna doctrina acerca de la forma de notificacion del preaviso?
En el juzgado le preguntaron a mi cliente si reconocia esa firma y dijo que si, y entonces declararon la causa de puro derecho, dado que el resto de la documentacion era real.
Esto porque el juez entendia que ese preaviso no concordaba con el tipo de contrato.
Sin embargo efectivamente concuerda, con lo cual, al no probarlo mediante testigos por considerarlo improcedente, no pudiendo apelarlo como actor (no solo no pudiendo, sino que era ponerme al juez que estaba totalmente de mi lado, en un punto bastante mas distante), la demandada, con razon, esta diciendo que el juez se equivoca al considerar que el preaviso esta correctamente dado.
El punto es que fue firmado en blanco. Y la unica salida que veo es que se le pida alguna minima formalidad en alguna jurisprudencia o al menos doctrina, de manera que al no cumplir con la minima formalidad quede sin efecto.
En Abeledo no encontre nada. Alguna mente brillante que ilumine mi poco iluminado bagaje doctrinario?
Gracias