A una municipalidad le notifican la prohibicion de innovar respecto a titularidad y posesión de un inmueble que debía ser transferido por la muni a un matrimonio adjudicatario de una vivienda (aunque cuando se adjudicó, el adjudicatario todavia era soltero). Antes de ese trámite (escirturacion) se divorcian y uno de ellos obtiene del Juzgado la cautelar mencionada. Esto pasó hace siete años y no se tuvo mas informacion sobre el tema. Ahora quien no solicitó la medida exige que la muni le transfiera el bien. Desde el Juzgado nada se informó sobre la subsistencia o no de la cautelar. Se puede transferir?, el adjudicatario que solicita la escirturación es el que era soltero cuando le adjudicaron el inmueble. Escucho sugerencias. Gracias..
