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  • Infracción de transito en Prov. de Corrientes

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Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
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 #952266  por julio14
 
El día 02/04/13 a las 16.44 hrs. aparentemente transgredí la ley de tránsito en una zona de la ruta 14 (BONPLAND). En general, soy muy cuidadoso con las señales de tránsito (tengo 69 años, conduzco desde los 16 años y nunca tuve una infracción de tránsito). En ningún lugar había indicaciones de radar, ni de controles policiales, calculo que debe ser alguna de las indicaciones de retorno en las cuales se ponen carteles de disminución de velocidad, que según interpreto deben cumplir aquellos que van a tomarlo, pero que el que circula por el carril de velocidad máxima no debe hacerlo. En la infracción me indican que yo circulaba a 91Km por hora en una zona de 60 Km por hora. Mi vehículo tiene GPS y cuando este me indica que sobrepaso la velocidad máxima suelo bajar la misma. Que pasos debo seguir? La infracción tiene fecha de emisión del 09/04/13 pero me ha llegado en el día de hoy. Yo soy residente del conurbano bonaerense. Agradecería alguna orientación al respecto.
 #952279  por hottoh44
 
Para que la infraccion tenga validez y por lo tanto tengas que pagar tiene que estar realmente notificada, es decir, te tienen que parar, hacer la multa y podes o no firmar. Esas multas que te llegan al domicilio y te tiran por debajo de la puerta no son legales asi que ni te gastes, no pagues, pero si tenes ganas de que no te manden mas, envia CD a la direccion que te aparece ahi (que te lo va a hacer un abogado) y listo.
 #952309  por poorlaw
 
Tengo tantas multas de Bonpland... y de Alvear, La Cruz... la ruta 14 es taaaan generosa!

No es una respuesta jurídica esta, mejor consulte a un abogado en persona... pero le cuento que, personamente, yo me paso las multas por el or(PIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIP) :lol:
 #952397  por hottoh44
 
A ver POORLAW, vivo en Apostoles Misiones, Nos. tenemos el mismo problema con Garupa, un municipio cerca de Aposto., y muchos clientes llegan a nuesta ofic. por el famoso tema de las multas que te tiran por debajo de la puerta. Entonces lo que nosotros aconsejamos es que no se las paguen, porque no son legales, pero si insisten en que tienen miedo.. etc., mandamos carta doc. al Juzg. de Faltas de Garupa IMPUGNANDO dicha multa, plantendo la NULIDAD de la notificacion, ya que no se notifica fehacientemente el acta de infraccion, por lo que el procedimiento es nulo. Espero entiendas un poquito mejor ahora, obviamente tiene que consultar con un abogado para que haga ese trabajo. Saludos
 #952547  por fotomultaentrerios
 
Hola a todos! Para responder a sus preguntas, las multas por radar, son ilegales y no deben abonarse nunca!!! Ha pasado frecuentemente en Entre Rios, Corrientes, Misiones y otras provincias. El tema es siempre igual...
El sistema de fotomultas es ilegal en su aplicacion, ya que hacen de una ley de prevencion y sancion un mero instrumento de recaudacion.
Lo que hacemos en Gualeguaychu es usar los instrumentos que nos concede la propia Ley de Transito, y de esa manera Apelamos la resolucion de condena y Obtenemos una ABSOLUCION TOTAL DE LA MULTA.
Con la fotmulta no hay prubas de quien es el conductor, no hay identificacion del supuesto infractor, por ende no se puede condenar al propietario del auto por el hecho de serlo.

Los Municipios que utilizan la ley de Transito, al solo efecto de recaudar, jamás reconoceran su accionar ilegal. Es INUTIL mandar cartas documentos negando la violcion de la norma. Seguiran presionando para que pagues. Lo unico que los frena es un dictamen judicial.

Cualquier duda me podes consultar en mi pagina http://www.fotomultaentrerios.com.ar

Mucha suerte.-