Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Sucesion de mas de 15 años

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #952708  por Dolores28
 
Hola me acabo de recibir y mi primera consulta es un caos.....y la verdad ya me hice mucho lio:

Unico hijo de 22 años su padre fallecio cuando el tenia 7 años, sus padres estaban separados de hecho. El padre tenia bienes anteriores y posteriores al matrimonio. El abuelo también fallece, tiene mas hijos y abuela viva. La madre en su momento no inicio sucesión por el costo y por miedo. No se conocen los bienes, que me aconsejan?
 #952709  por santiheladero
 
A ver...habria que hacer la sucesion del padre del sr de 22, si vos lo patrocinas. Respecto de la mujer no decis si fallecio o no, si tb la patrocinas, Si estaban separados de hecho, lee el art 3575.
Respecto del abuelo, si decis q no se conocen bienes iria el hijo de 22 por derecho de representacion ( segun las fechas de fallecimiento).
Si el abuelo del sr de 22 tenia otros hijos, hermanos del causante de 22, heredan todos los hijos y la esposa, y el nieto en representacion de su padre. (
PERO PARA TODO ESTO TENES QUE VER LAS FECHAS DE LOS FALLECIMIENTOS.
 #952801  por Dolores28
 
Hola Gracias !!!!

te cuento el Sr. 22 años es único hijo, su padre falleció hace 15 años y su abuelo hace 5 años, su abuela vive pero no tienen tramo y su mama esta separada aparentemente de hecho. La pregunta es si existio sucesión y el no se entero, que debería hacer???
 #952919  por dramereu
 
Hola, anda a receptoria, si está iniciada, cuando sorteas lo más grave que te puede pasar es que remitan lo que sorteaste al juzgado en donde esté iniciado.

Por lo que contas tendrías que iniciar dos sucesiones, la del abuelo y la del padre (del hombre de 22 años). Si el padre murió antes, de todas formas hereda al abuelo en representación del padre prefallecido.
Tenes que hacer el escrito de inicio, relatando los hechos, declarando los bienes, adjuntando documentac.que acredite los vínculos y fallecimientos (ej. partida de nacimiento, certificado de defunción, de matrimonio, si hay escritutras, etc.).

Sortean y a los 15 días más o menos sale el primer despacho indicandote qué presentar dependiendo de los bienes que se sucedan.

Generalmente: oficio a IPS, a escribanos, planilla de juicios universales, anotaciones personales del causante, publicación de edictos, cuit/cuil de herederos, etc.


Si hay bien inmueble: te piden infor. de dom. valuación fiscal, etc.

Lees el 1er despacho y listo, ahí tenes todo.

Paga bono y ius previsional, lo adjuntas cuando sorteas. Lo sorteas según el último domicilio del causante. Si son diferentes, elegí uno y pedí prórroga de jurisdicción.

Saludos.