Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Reclamo Extrajudicial con lesiones DUDA!!!!!

  • Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #952717  por martatin
 
Estimados Colegas:

Tengo una consulta que hacerles : me llego un caso de una persona que tuvo un accidente de transito en horario de su trabajo, queria saber si puedo iniciar reclamo extrajudicial ante la cia de sguro de la pesona que lo choco, de ser asi puedo reclamar daño material y lesiones o solo daño material? la art cubre la parte de lesiones fisicas ? por que via corresponde reclamar ?
Gracias !!!!
Slsd
Marcela.
 #953484  por juzgado
 
Lo primero que tenes que hacer es separar el daño producido, en primer lugar empezaremos por el más sencillo, el daño a la propiedad.
los daños del automotor son a cargo de la cia de seguros, eso es competencia civil, y por ende seran a cargo de la cia de sguros del automotor "culpable", o en su defecto de la cia. del sujeto, si lo cubre la poliza.

respecto de los daños físicos, y en general lo relacionados con la persona, son a cargo de la ART, porque los hechos ocurrieron en un contexto laboral (que se extiende incluso al accidente in-itinere), habría que preguntarse si la persona estaba cumpliendo con obligaciones de su trabajo o no, la competencia sería del fuero del trabajo.

ello no impide que se reclame paralelamente a quien produjo el daño (naeminen laedere), ya que la cción civil por el deño ocasionado es totalmente independiente de la relación laboral, las ART, fueron creadas para reducir los costos laborales del empleador frente a los accidentes laborales, ello no le da impunidad a quienes cometen un ilicito civil, en este caso tambien se prodría negociar con la cia de seguros, y al mismo tiempo con la ART, porque el tema laboral tambien es indemnizabale.


espero que te sirva