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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #953962  por andres2012
 
CUANDO NO SE ARRIBA A UN ACUERDO EN LA AUDIENCIA DEL 336, EL ACCIONADO DEBERA ABSOLVER POSICIONES SEGUN ART 415...
PREGUNTA: DEBO LLEVAR EL PLIEGO CON PREGUNTAS PARA EL DEMANDADO EN SOBRE CERRADO PREVIAMENTE AL JUZGADO?
Y SI ME PUEDEN DAR ALGUNOS TIPS IMPORTANTES A TENER EN CUENTA PARA EL CASO, GRACIAS
 #954199  por drjuancarlos
 
Buen día, el pliego de posiciones lo podes dejar hasta 30 minutos antes de la audiencia (por las dudas entregalo antes, por si el día de la audiencia te retrasas por algún motivo . ya que para mi es una prueba muy importante y no da perderla por 1 o 2 minutos de llegar tarde). tenes que presentar el pliego con tu firma y la de tu cliente en sobre cerrado con los datos del expte. abrochado al sobre un escrito que diga adjunta pliego y lo entregas.
las posiciones son por SI o por NO, no pueden inducir a una respuesta. respecto a esto es muy claro el CPCC, léelo y si tenes dudas acá en el foro hay mucho material.
Saludos.-