Quisiera consultar si hay algún motivo que justifique la rescisión de un contrato de alquiler de vivienda en zonas urbanas. La ley 23.091 estipula en su artículo 8, que el locatario debe abonar los 6 primeros meses más la indemnización.
Desde ya muchas gracias.
Desde ya muchas gracias.
