Estimados Colegas. Me surgió una duda, y me gustaría saber su opinión al respecto.
Trabajador en negro, con una hija enferma, se presenta en el trabajo y pide permiso para faltar ese día y le dicen que mejor ya no vuelva.
Viene al estudio, e intimamos a que registre la relación y abone haberes adeudados. Apercibimientos ley 24.013; 25.345.
Empleador responde, negando la relación laboral, y consecuente silencio respecto al pedido de registración, y petición de haberes.
Estoy redactando el telegrama dándose por despedido, Art. 246 LCT, solicitando indemnizaciones del 232, 233 y 245. Multas 8 y 15 ley 24.013, y apercibimiento art. 2 ley 25.323.
Hay una gran brecha entre lo que el trabajador cobraba y lo que por CCT debía percibir; por ello mi duda es la siguiente: ¿DEBO INTIMAR EN ESTA INSTANCIA POR LAS DIFERENCIAS SALARIALES, NO TOCO EL TEMA Y LO HAGO DIRECTAMENTE EN LA DEMANDA?
Desde ya, muchas Gracias!
Trabajador en negro, con una hija enferma, se presenta en el trabajo y pide permiso para faltar ese día y le dicen que mejor ya no vuelva.
Viene al estudio, e intimamos a que registre la relación y abone haberes adeudados. Apercibimientos ley 24.013; 25.345.
Empleador responde, negando la relación laboral, y consecuente silencio respecto al pedido de registración, y petición de haberes.
Estoy redactando el telegrama dándose por despedido, Art. 246 LCT, solicitando indemnizaciones del 232, 233 y 245. Multas 8 y 15 ley 24.013, y apercibimiento art. 2 ley 25.323.
Hay una gran brecha entre lo que el trabajador cobraba y lo que por CCT debía percibir; por ello mi duda es la siguiente: ¿DEBO INTIMAR EN ESTA INSTANCIA POR LAS DIFERENCIAS SALARIALES, NO TOCO EL TEMA Y LO HAGO DIRECTAMENTE EN LA DEMANDA?
Desde ya, muchas Gracias!