Estimados colegas estoy realizando mi primer consulta, espero puedan ayudarme.
Resulta que a un cliente le iniciaron un pedido de quiebra en Nación.
Ya rechazaron las defensas planteadas y nos intiman a demostrar que posee capacidad patrimonial depositando -en pago o a embargo- de las sumas pertinentes, bajo apercibimiento de decretarle la quiebra.-
Vamos a depositar en embargo, el tema que el capital reclamado es de $6.300. Pero según la liquidación del Plenario Zadicoff entre capital e intereses el toral asciende a $21.000. Alguien me puede decir que monto deposito? Capital? o Capital e intereses? Gracias.-
Resulta que a un cliente le iniciaron un pedido de quiebra en Nación.
Ya rechazaron las defensas planteadas y nos intiman a demostrar que posee capacidad patrimonial depositando -en pago o a embargo- de las sumas pertinentes, bajo apercibimiento de decretarle la quiebra.-
Vamos a depositar en embargo, el tema que el capital reclamado es de $6.300. Pero según la liquidación del Plenario Zadicoff entre capital e intereses el toral asciende a $21.000. Alguien me puede decir que monto deposito? Capital? o Capital e intereses? Gracias.-
