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  • Quiebra. ¿Que monto deposito en embargo?

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 #955099  por Omar847
 
Estimados colegas estoy realizando mi primer consulta, espero puedan ayudarme.

Resulta que a un cliente le iniciaron un pedido de quiebra en Nación.

Ya rechazaron las defensas planteadas y nos intiman a demostrar que posee capacidad patrimonial depositando -en pago o a embargo- de las sumas pertinentes, bajo apercibimiento de decretarle la quiebra.-
Vamos a depositar en embargo, el tema que el capital reclamado es de $6.300. Pero según la liquidación del Plenario Zadicoff entre capital e intereses el toral asciende a $21.000. Alguien me puede decir que monto deposito? Capital? o Capital e intereses? Gracias.-
 #955128  por KarinaDus
 
Lo prudente, y viable por demás, es depositar el capital más una suma para responder a intereses y costas.

“EL DEPOSITO DEL MONTO SOBRE CUYA BASE SE SOLICITO LA DECLARACION DE FALENCIA CON MAS UN PLUS PARA RESPONDER A ACCESORIAS Y COSTAS EFECTUADO POR EL DEUDOR... DEBE SER ADMITIDO SI EL REQUERIDO INVOCO TENER RAZONES PARA EL CUESTIONAMIENTO DE LA PRETENSION Y EL DEPOSITO LO HIZO "A EMBARGO"…” (C.N.Com., sala B, 11/12/86, “GUILLERMO HEINECKEN SA S/ PEDIDO DE QUIEBRA POR ALDORINO, O.”)