Estimada: En Entre Ríos el gobernador estableció por Decreto que las amas de casa seguirán percibiendo sus haberes sin que sea incompatible con la jubilación, porque ya no es más una jubilación la establecida en la Ley 8107. Te adjunto este in forme: El decreto
La norma firmada por Urribarri contempla en su primer artículo la creación de una asignación no contributiva, de carácter asistencial, complementaria y vitalicia para todas aquellas beneficiarias del régimen de la Ley 8107 y sus normas reglamentarias, que hayan renunciado a ese beneficio por razones de incompatibilidad.
Establece en su artículo 2 que la asignación instituida por el art. 1º es para protección social y consistirá en una prestación monetaria no retributiva de carácter mensual por un monto equivalente al que la beneficiaria percibía al tiempo de la renuncia y/o baja del beneficio de la Ley 8107.
En el tercero indica que la percepción de la asignación instituida por este régimen será incompatible con cualquier otro beneficio que otorgue la provincia de igual naturaleza.
El artículo cuarto consigna que el financiamiento del sistema creado en los artículos precedentes será atendido con los recursos provenientes del Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social.
El quinto que la asignación instituida será compatible con el goce de los beneficios previsionales concedidos bajo el régimen de la Ley 24241, normas reglamentarias, complementarias y concordantes. Además, me parece que por la edad de la sra. la moratoria debería darte menos, revisá el Sicam.
Suerte!