Hola tengo una consulta, tengo una clienta que fue jubilada por discapacidad en el año 83, era empleada bancaria, ella aun sigue cobrando esta jubilación por discapacidad. Y quiere hacer un reajuste. Pero estuve leyendo la ley de empleados bancarios y dice que este beneficio es provisional y que cuando cumpla la edad y los años de servicios debe iniciar el tramite de jubilación. Que puedo hacer, me tomaran un reclamo por reajuste, o podrá gestionar la jubilación ordinaria.
ceciliadiaz escribió:Hola tengo una consulta, tengo una clienta que fue jubilada por discapacidad en el año 83, era empleada bancaria, ella aun sigue cobrando esta jubilación por discapacidad. Y quiere hacer un reajuste. Pero estuve leyendo la ley de empleados bancarios y dice que este beneficio es provisional y que cuando cumpla la edad y los años de servicios debe iniciar el tramite de jubilación. Que puedo hacer, me tomaran un reclamo por reajuste, o podrá gestionar la jubilación ordinaria.buenas noches, Tanto tiempo.
