Estimados foristas : cON RESPECTO AL ART.4º de la RG 3491 y mas puntualmente al inc. a)"Personal de casa particulares para relaciones laborales existentes al 31/05/2013 y las que se inicien a partir de esa fecha", deberàn inscribirse hasta el 30/06/2013. Ahora, mi problema es que con fecha 10/05/2013, se deben abonar periodos abarcativos de personal de SDM del 10/2010 al 12/2012. Esto es viable? dado que los periodos son anteriores a la fecha de esta RG, pero los pagos se van a efectuar con fecha 10/05/2013?. Tengo muchas dudas y miendo a equivocarme. Agradezco que me ayeden al respecto. Muchas Gracias. Marigel
marigel escribió:Estimados foristas : cON RESPECTO AL ART.4º de la RG 3491 y mas puntualmente al inc. a)"Personal de casa particulares para relaciones laborales existentes al 31/05/2013 y las que se inicien a partir de esa fecha", deberàn inscribirse hasta el 30/06/2013. Ahora, mi problema es que con fecha 10/05/2013, se deben abonar periodos abarcativos de personal de SDM del 10/2010 al 12/2012. Esto es viable? dado que los periodos son anteriores a la fecha de esta RG, pero los pagos se van a efectuar con fecha 10/05/2013?. Tengo muchas dudas y miendo a equivocarme. Agradezco que me ayeden al respecto. Muchas Gracias. MarigelLee lo resaltado en rojo y deduci la respuesta...
