Estimados, tengo un caso que me genera dudas y solicito a uds. ayuda para aclararme:
Mi cliente se jubiló (prestación Básica Universal) en el 2012 por ley 24241 con servicios desempeñados bajo relacion de dependencia, habiendo cesado en el año 1998. O sea que para el haber se tomaron 120 meses para atrás.
¿Puedo hacer reclamo judicial sobre Movilidad, fundandolo en el CASO ELIFFE? tengo entendido que este fallo tiende a reajustar las remuneraciones hasta el año 2006.
Desde ya , muchas gracias
Mi cliente se jubiló (prestación Básica Universal) en el 2012 por ley 24241 con servicios desempeñados bajo relacion de dependencia, habiendo cesado en el año 1998. O sea que para el haber se tomaron 120 meses para atrás.
¿Puedo hacer reclamo judicial sobre Movilidad, fundandolo en el CASO ELIFFE? tengo entendido que este fallo tiende a reajustar las remuneraciones hasta el año 2006.
Desde ya , muchas gracias
