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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #958279  por simone
 
Hola colegas: estoy preparando un telegrama sobre servicio domestico. Necesito que me confirmen si estoy en lo cierto: al no aplicarse la ley 25.323 no hace falta intima por 30 dias. pienso intimar por 2 días a aclarar y registrar situación laboral. Voy bien??? Luego denuncio datos reales e intimo acredite ingresos aportes . Hace falta notificar AFIP??? Bueno, espero sugerencias!! saludos
 #958281  por GU
 
Yo ahora con la equiparacion que hizo la nueva ley de servicio domestico con la LCT, meto de nuevo el discurso de la 24013 para ver si despues sale algo para incluirlo.

Salutes!
 #958306  por simone
 
Gracias GU por la respuesta. Esty en duda, porque según lo que interpreto con la nueva ley no se aplicarían las multas, ya que el art.50 duplica la indem por antigüedad ante la falta de registración o registración deficiente, sin necesidad de intimación a registrar ni notificación a la afip. Sigo estudiando el tema. Graciaaaaaas!!!
 #958324  por eltam88
 
La 24013 no corresponde, aunque si queres cumplí con las pautas de la misma y reclamala. Ello perjuicios no le generará.