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  • DESPIDO EMPLEADA DOMESTICA

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #958619  por carola76
 
Hola chicos, les comento. Despiden a la empleada domestica. Me contacto con el abogado de la empleadora (una jubilada) para pasarle la liquidación ($ 8000). Me contestan que solo puede pagar (y no se rían) $ 200 por mes durante 10 meses...
siii suena a chiste, ahora bien. esta señora jubilada plantea que no tiene nada a su nombre.
Se le podría embargar el haber jubilatorio?? hasta que porcentaje??
porque la idea ahora es citarla en el departamento de trabajo pero si no asisten (que es lo más probable) tengo que iniciarle juicio.
Yo gralmente arreglo estas cuestiones, pero en este caso me parece que es una burla. por eso mi duda con el embargo de la jubilación. gracias y saludos.
 #958624  por Avolio
 
La jubilacion es inembargable. Art. 14 ley 24241: inc. "c) Son inembargables, con la salvedad de las cuotas por alimentos y litisexpensas."
Te aconsejo que lo concilies. Igualmente averigua si tiene o no bienes a su nombre. Y si concilias en cuotas, trata de que el valor de cada cuota, no sea inferior al salario que cobraba por mes. Si ganaba ej 800 pesos, que no sea menos que eso la cuota. Si pudo pagarlo antes, seguramente podra. y te ahorras plazos de pago.
Saludos!
 #958693  por carola76
 
Gracias. te comento que la empleada cobraba por mes $ 3000. yo todavia le saqué una liquidación accesible pero asi y todo es una burla lo que ofrecen. si bien la empleadora era esta señora jubilada, no puedo demandar al hijo?? saludos.
 #958747  por dramereu
 
No, no te conviene porque tenes que probar la relación de dependencia, y si tiene más hijos, tenes que demandar a todos en simultaneo (según opino yo). Vos, de ser así, deberías probar que te contrató el hijo, que él te daba las directivas, que él te pagaba, lo veo menos viable.
A cuantos jubilados les embargan jubilación porque no pagaron un préstamo??? hoy, sin ir más lejos, me vinieron a consultar con un caso así. No te digo que se pueda embargar, pero que lo he visto, sí lo ví.

Andá contra ella, de última, fijate si tiene bienes, no sólo los haberes jubilatorios, vos el crédito laboral lo tenes, y si fallece, es un crédito contra la herencia. Siempre probando todo.

Ahora combió la ley de SDM y entonces podes reclamar más, si te vas a juicio cobrale lo que realmente corresponde, no hagas una accesible, como comentaste.

Saludos.
 #958763  por carola76
 
Lo que pasé fue $ 8000. Digo accesible porque no entraba en la nueva ley de SDM. pero obviamente que si vamos a juicio, contemplaré todos los rubros.