Hola, tengo la siguiente duda.
El Registro Civil alquilo un local comercial, el problema surge al momento del pago del alquiler.
Resulta que el propietario falleció, los herederos han iniciado la sucesión, pero la misma no se termino.
El Registro Civil para efectuar el pago, exige que a los sucesores que abran una cuenta a nombre de la sucesión y que el administrador provisorio sea nombrado definitivo.
En principio no se si encuadrar la relación en el marco civil o en el contencioso y por otro lado, si la situación fue siempre la misma y el Registro antes pagaba por que ahora no? Lo pueden exigir?
Muchas gracias y saludos
El Registro Civil alquilo un local comercial, el problema surge al momento del pago del alquiler.
Resulta que el propietario falleció, los herederos han iniciado la sucesión, pero la misma no se termino.
El Registro Civil para efectuar el pago, exige que a los sucesores que abran una cuenta a nombre de la sucesión y que el administrador provisorio sea nombrado definitivo.
En principio no se si encuadrar la relación en el marco civil o en el contencioso y por otro lado, si la situación fue siempre la misma y el Registro antes pagaba por que ahora no? Lo pueden exigir?
Muchas gracias y saludos