Buenas tardes.
Siempre presente en Lanús ó Avellaneda y ahora, con el nuevo procedimiento, me envían Flores ó Liniers para presentar una jubilación.
La persona tiene inscripción en el 10/1974 sin cese y se adhirió a la moratoria 592/79.
Debo ampliar para atras.
En Avellaneda ó Lanús, si optaba por la moratoria 592/79 debía utilizar Sicam II para la ampliación y respetar actividad, fecha de inicio y obviamente solo podía aplicar beneficios a partir del 07/1979.
Si no optaba por la 592/79 podía hacer todo en Sicam I y no era necesario respetar la inscripción.
Agradeceré si alguien que inicie en esa Delegación me pueda ayudar a despejar la duda de si en Udai Flores utilizan el mismo criterio.
Desde ya muchisimas gracias.
Siempre presente en Lanús ó Avellaneda y ahora, con el nuevo procedimiento, me envían Flores ó Liniers para presentar una jubilación.
La persona tiene inscripción en el 10/1974 sin cese y se adhirió a la moratoria 592/79.
Debo ampliar para atras.
En Avellaneda ó Lanús, si optaba por la moratoria 592/79 debía utilizar Sicam II para la ampliación y respetar actividad, fecha de inicio y obviamente solo podía aplicar beneficios a partir del 07/1979.
Si no optaba por la 592/79 podía hacer todo en Sicam I y no era necesario respetar la inscripción.
Agradeceré si alguien que inicie en esa Delegación me pueda ayudar a despejar la duda de si en Udai Flores utilizan el mismo criterio.
Desde ya muchisimas gracias.
