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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #960764  por sc
 
Buen día Foristas, me han consultado por una pensión iniciada en el año 2011 (la inició solo la viuda con ayuda de la ANSES) le fueron pidiendo documentación (recién mañana voy a poder ver las pruebas que ella tenia). Segun la sra. estaría trabada.
En internet veo que el expte original fue recaratulado, hay nuevo expte. y que fue denegado en enero de este año. La dependencia que tiene el expte (segun internet es reajustes y ejecuciones C.) y se encuentra en la UDAI De Avda. Cordoba ( ella lo inició en San Isidro)
Que significa que esté en esta dependencia....y como hago para tomar vista, tengo que pedirlo en la UDAI origianal de inicio...o en Avda Cordoba.
Gracias a quien pueda darme una mano.
 #962871  por sc
 
hola vuelvo a reabrir el post...el tema es el siguiente estuve en Paseo Colon y allí me dijeron que el expediente está en esa dependencia (reajustes y ejecuciones c) porque hay abierta una causa judicial....la persona que convivió con el causante un tiempo (q no es mi cliente) inició la causa..
yo necesito ver la resolución denegatoria para ver los fundamentos y ver como seguir...la gente de Anses no sabe como puedo ver yo el exp adm, ya que en esa dependencia no se los puede ver..estoy parada!!!
Mañana voy a ver el expte judicial para ver si puedo sacar algún dato....
Como hago para requerir el expediente administrativo para tomar vista? si presento un escrito en la udai de origen?
 #963064  por markello
 
Interesante tema que genera varias dudas.

Entendemos, sin datos concretos, que existe una pension derivada otorgada a favor de la concubina y esta inicio un reajuste de haberes sobre la pension.

Por lo que informan el exte. administrativo entro a contencioso y se encuentra en verificacion para su posterior remision a legales para liquidacion, entendemos que refiere al juzgado 9 o 10.

Hasta que el exte. administrativo no termine de liquidarse y abonarse no habra opcion para su vista.

Ahora bien, esto seria un tramite normal de reajuste, en este caso se intenta pedir la pension an ombre de la CONYUGE por lo que estariamos hablando de una pension compartida -linda sorpresa tendra la concubina-.

El tramite que figura denegado en la web creemos que es del REAJUSTE-CASO BADARO y el nuevo expediente de la PENSION DERIVADA DE LA CONCUBINA, pero repetimos que faltan elementos para valorar el caso en cuestión.

En resumen, verificar en la pagina web de anses si los expedientes administrativos son de PENSION DERIVADA y REAJUSTE DE HABERES/CASO BADARO para confirmar que existe una pension derivada de la concubina, luego concurrir al juzgado interviente y confirmar el objeto de la accion legal y el contenido de la demanda.

NO obstante ello y con la documentacion de la CONYUGE se puede pedir la pension -en este caso seria compartida- pero no tendra beneficio sobre el eventual reajuste de haberes que se encuentra en cabeza de la pensionada concubina.

Con mayores elemenos podremos realizar un mejor analisis.

Saludos
 #963123  por sc
 
Hola gracias por responder...el tema es así...por el momento lo que se es por documentación, x gente de ANSES, y por lo que veo por internet...
El causante tenía su esposa... tuvo un hijo con otra, la esposa lo hecha, conviven año y medio aprox con la otra persona, vuelve con la esposa...se enferma y al año muere...
la esposa inicia la pensión directa (la inicia ella sola, con las intrucciones q le daba ANSES) tuvo q aportar mas documentación, etc..fue iniciada en el 2011...este año como no sabía como seguir, me llama para que le averigue...
Por otro lado la persona con la que convivió año y medio había iniciado también en el 2011 la pensión directa, al parecer ANSES tuvo dudas con las presentaciones, porque ayer me muestra una carta de anses en donde debía indicar si ella estaba separada legalmente...la cual respondió contando toda la historia, luego le pidieron copia de unas remuneraciones, para pasar a liquidar y luego se trabó y no supo más nada...hasta ahora.
yo lo que averiguo es que el año pasado el expediente de pensión directa fue recaratulado (estado 43) y luego en enero el nuevo expediente denegado, lo mismo sucedió con la pensión directa iniciada por la conviviente. quien una vez denegado inicia una acción judicial, q como anses contestó recientemente no puedo ver.
se entiende? todos los días me voy sorprendiendo con algo....
yo quisiera ver la denegatoria, ver los fundamentos para ver como seguir, pero todos los expedientes como estan relacionados se encuentran en reajustes y ejecuciones c.... En Paseo Colon me dijeron q pida un informe a traves del expediente. ahí saltó que había un expediente judicial...porque yo les contesté como iba a pedir un informe si no había nada judicialmente.
La denegatoria de la pensión directa no le fue notificada...
Espero se entienda...
Entiendo q debo tomar vista de la denegatoria para ver si se vencieron los plazos e iniciar judicialmente...estoy errada ?
saludos y gracias!