hola estimados, tengo un caso laboral sobre trabajador de la construcción y mi duda es si cuando intimo al empleador lo debo hacer al domicilio del mismo o al domicilio en donde el trabajador presta sus servicios. Esto me urge porq el empleador se domicilio en provincia y el lugar de prestación de tareas es en capital federal, y como quiero llevar esto al Seclo no quiero meter la pata. Mis dudas pueden sonar tontas pero no tengo a quien consultarle esto y sumado a que recientemente comencé a ejercer la profesión. Gracias.
Intima al domicilio donde trabajaba,(en capital).
Saludos