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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #962016  por plean
 
Colegas, les hago una consulta y que me den sus opiniones.
Tengo un caso Laboral en la cual los demandados no comparecieron y no contestaron la demanda, y el plazo para hacerlo ya venció, (pese a estar notificados debidamente), según el Cod. proc. Lab. el juez tiene que llamar a una audiencia de tramite: 1) contestada la demanda o la reconvención en su caso, o vencido el plazo para hacerlo, el juez llamara a una audiencia de tramite...etc.
Yo quiero hacer lo siguiente:
1- Presentar un escrito y pedir que se tenga por no contestada la demanda y se llame a la audiencia de tramite.
2- Pedir un embargo preventivo sobre bienes -muebles registrables o no y/o inmuebles de titularidad de los demandados, y/o haberes y/o suma de dineros depositadas en cta cte, caja de ahorro, etc en el tal banco. Atento que se dan los requisitos de procedencia. El propio código tiene un inc. de procedencia de las medidas cautelares sin requisitos de contra cautela cdo hay confesión ficta.
3- Si alguien es cordial y me pasa una guía modelo de petición de embargo.
Saludos
 #962046  por gusgus
 
donde tramita?
 #962096  por JUSTINIANA
 
Tramita en santa Fe; los apercibimientos por incontestación de la demanda art 50: importará el reconocimiento de los hechos expuestos por el demandado, SALVO PRUEBA EN CONTRARIO.-
Quiere significar, que el demandado no obstante no haber comparecido podrá comparecer a la audiencia del art 51 y ofrecer prueba-excepto documental y confesional-;salvo lo que prescribe el código para presentaión tardía de documentos.-
La cautelar no te la van a otorgar sin contra cautela; es pacífica la jurisprudencia respecto a lo que se puede denominar reconocimiento ficto de los hechos expuestos en la demanda y que no abarca a las cantidades que subjetivamente están en el escrito introductorio de la instancia.-
COLOFON:
1.-Pedir apercibimientos del art 50 y se fije fecha de audiencia de trámite
2.-Si pedís cautelar, el decreto dirá :"acredite fianza" u "oportunamente"
 #962157  por plean
 
Si tramita en sta fe. Gracias Justiniana.