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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #963585  por dorado
 
Hola a todos¡¡¡ ¿el retroactivo se paga desde la fecha de cese o cambio de tareas (anses) o desde el envío de plan sicam/presentacion?.
Escucho respuestas. Gracias por la ayuda.
Saludos
 #963625  por Maria C.
 
Si haces uso de la jubi construcción desde el cese. Si es jubi común desde liquidación sicam o pedido del turno.
 #963634  por dorado
 
Muchas Gracias por la respuesta María. Me genera confusión haber hecho otro trámite, donde el cliente se encontraba en actividad, le solicitaron la baja, pero cobró el retroactivo. Pensé que cambiaron el criterio, me confundí. Saludos
 #963637  por MARIO1943
 
dorado escribió:Hola a todos¡¡¡ ¿el retroactivo se paga desde la fecha de cese o cambio de tareas (anses) o desde el envío de plan sicam/presentacion?.
Escucho respuestas. Gracias por la ayuda.
Saludos
SI TODAVIA NO HICISTE EL TRAMITE, LO PODES INICIAR ESTANDO EN ACTIVIDAD Y NO RENUNCIES HASTA QUE ANSES TE CITE PARA QUE TE DESVINCULE DE LA EMPRESA, CUANDO TE CITA ES PORQUE YA ESTA ACORDADO EL BENEFICIO, RECIEN A PARTIR DE AHI RENUNCIAS , ALGUNAS UDAI SE CONFORMAN QUE ADJUNTE EL TELEGRAMA DE RENUNCIA Y OTRAS QUIEREN VER REFLEJADO LA DESVINCULACION EN LA DD.JJ MENSUAL DEL EMPLEADOR, Y EL RETROACTIVO ES A LA FECHA DE LA RENUNCIA