Buenas tardes. Me visita un cliente al estudio, informándome que por intermedio de una entidad bancaria adquirió un automóvil O KM y firmo una prenda con registro garantizando el cumplimiento de la obligación en cuotas mensuales. A fines de Diciembre de 2012 la situación laboral de mi cliente se complico, y comenzó a adeudar 3 cuotas del crédito. En febrero de este ano, se estabilizo económicamente y procuro regularizar la deuda ante el banco. Tomo noticia que le habían dado de baja al crédito, no le aceptaron el pago y derivaron la carpeta a un estudio externo para la recuperación del crédito. Mi cliente no advirtió al firmar el documento que en una clausula se especificaba que ante la falta de pago de una cuota se le daba por caído el crédito sin necesidad de intimación previa. Independiente de la firma en el documento, me parece una clausula abusiva. Contemple la posibilidad de llevarlo ante una oficina de defensa del consumidor.......Sres. foristas cual es su opinon, y alternativa al caso....muchas gracias.....
