Hola Foristas: tengo la siguiente consulta, un juicio por desalojo por intrusión ganado por mi parte. Difirieron la regulacion de honorarios para su oportunidad. El expediente ya volvió de Cámara, confirmando la sentencia de primera. Mi pregunta es la siguiente ¿como se calculan los honorarios en este supuesto, teniendo en cuenta que no había alquileres pactados? ¿Se toma como base los valores locativos actualizados del inmueble de 2 años otorgados por dos inmobiliarias? El juicio tramitó en prov. de Bs. As. Se aplica el art. 40 del dec-ley 8904/77, pero no entiendo la referencia que hace al inc. a del art. 27 que habla de valuación fiscal. Gracias.....
maru....