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  • DENUNCIA DE VENTA

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 #96635  por marie2224
 
Hola a todos, queria consultarles. Tengo un daños y perjuicios por un accidente en el q el demandado atropeyo y mato a un nene. El juicio lo inicie contra el conductor q causo el accidente y el titular registral del auto, porque estaba a nombre de otra persona. A su vez el titular tiene hecha una denuncia de venta a una tercera persona agena al juicio, pero sigue siendo titular la q yo demande. Mi duda es que alcance tiene esa denuncia de venta? excluye de responsabilidad a la titular? Tengo q dar traslado de demanda porq ya tengo los embargos trabados, pero quiero asegurarme de no meter la pata y contestarle esa contestacion de demanda q haga la titular con algun fundamento o jurisprudencia en la q quede obligada ella por no confeccionarse la transferencia.
Espero sus comentarios gracias. :idea:

 #96638  por MORGAN
 
La denuncia de venta excluye de responsabilidad al titular, incluso sin ella, en caso de que el titular demuestre que ha perdido la guarda antes del hecho acaecido. Si no le notificaste la demanda levantá el embargo podés generar daños que te pueden reclamar. No existe cía aseguradora?

 #96653  por gadriana
 
Adhiero a la opinión del Dr. Morgan: Es necesario citar en garantía a la aseguradora. Pero acoto: Si esta no es insolvente. En caso contrario no lo hagas dado que si está abierta la liquidación de la entidad, por litis consorcio pasivo necesario existen plenarios en capital que obligan a la atracción del juicio al juzgado de la liquidación y dormirá el sueño de los injustos, obligándote a verificar el crédito. Igualmente yo pondría el párrafo de que ignorando la existencia de entidad aseguradora...te reservas el derecho a citarla oportunamente etc. saludos Cordiales

 #97807  por marie2224
 
Gracias a todos por responder. Aparentemente no hay compañia de seguros, por eso y por haber una muerte de por medio trabe embargo sobre el titular y el conductor del auto, ya que solo existe el nombre del supuesto nuevo comprador en el dominio en el casillero de denuncia de venta. Pero la demandada sigue en cabeza con todos sus datos en ese dominio. La verdad que no esta claro en la legislacion el plazo que se tiene para hacer transferencia, lo que dice es q el dueño puede pedir el secuestro del auto si no se hace la transferencia, q aca no esta solicitado. Bueno espero sus ideas. Gracias!

 #98007  por arielba1
 
Mariela:
Estuve mirando algunos fallos y todos van en el sentido que una vez efectuada la denuncia de venta ello exime de responsabilidad al titular registral. La única posibilidad (obviamente) es que la denuncia de venta haya sido realizada con posterioridad al accidente.
Aca te paso un fallo.
Saludos y lamento no poder ayudarte más.
Ariel

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, sala G • 03/03/2006 • F., C. A. c. Philippeaux, Alicia M. y otros • LA LEY 2006-D, 65

Cabe hacer lugar a la demanda instada por los daños y perjuicios sufridos a raíz de un accidente de tránsito, contra el titular registral del automotor, si la denuncia de venta del automotor conforme el art. 27 del decreto ley 6582/58 (Adla, XVIII-A, 1079) se efectuó después de ocurrido el siniestro, pues no quedó configurada la eximente de responsabilidad prevista por el art. 1113 del Cód. Civil.