COLEGAS . TENGO UN CASO DONDE UNA BEBA DE 10 MESES ESTA INTERNADA EN TERAPIA INT. A RAIZ DEL CONSUMO DE UN YOGUR MARCA ILOLAY ADQUIRIDO EN UN SUPERMERCADO CHINO. TANTO BROMATOLOGIA COMO EL HOSPITAL EN SUS INFORMES CONFIRMAN QUE FUE PRODUCTO DE LA INGESTA EL CORTE DE CADENA DE FRIO Y PRODUCTO VENCIDO ( EL CLIENTE , SUS PAPAS TIENE EL TIKET Y EL SACHET FUE SECUESTRADO POR DIRECCION DE BROMATOLOGIA) TIENEN HISTORIA CLINICA Y DEMAS DOCUMENTACION MI PREGUNTA CUANTO ES EL TOPO INDEMNIZATORIO PARA ESTOS CASOS? SE PUEDE TRABAR EMBARGO PREVENTIVO? ESTAN POR "RAJARSE " LOS ORIENTALES. ATTE Y ESPERO AUNQUE SEA UNA RESPUESTA.