Estimados, les planteo un tema que estoy estudiando ya que por el momento no se como encararlo para no tener problemas a futuro.
Un cliente tenía poco más de diez empleados en un mismo convenio, por lo que tenía un solo delegado del sindicato correspondiente.
Hoy tiene 8 empleados en dicho convenio ya que los demás fueron cambiados a otro mas favorable que también se aplica para la actividad de la empresa, sin objeciones de parte de estos empleados.
Toda vez que la empresa ya no tiene más la cantidad minima de trabajadores en un mismo convenio (art 45 LS) requerida para tener un delegado, como correspondería proceder de la mejor manera para ya no tener elecciones ni delegados de ese sindicato? Deberemos plantearlo ante el Ministerio o es valida la notificación a este ultimo, a los trabajadores y al Sindicato de que, una vez cumplido su mandato, no podrán elegirse nuevos delegados en la empresa? Al menos hasta que vuelvan a tener el minimo de ley, claramente. Cualquier opinión será bienvenida. Gracias!
Un cliente tenía poco más de diez empleados en un mismo convenio, por lo que tenía un solo delegado del sindicato correspondiente.
Hoy tiene 8 empleados en dicho convenio ya que los demás fueron cambiados a otro mas favorable que también se aplica para la actividad de la empresa, sin objeciones de parte de estos empleados.
Toda vez que la empresa ya no tiene más la cantidad minima de trabajadores en un mismo convenio (art 45 LS) requerida para tener un delegado, como correspondería proceder de la mejor manera para ya no tener elecciones ni delegados de ese sindicato? Deberemos plantearlo ante el Ministerio o es valida la notificación a este ultimo, a los trabajadores y al Sindicato de que, una vez cumplido su mandato, no podrán elegirse nuevos delegados en la empresa? Al menos hasta que vuelvan a tener el minimo de ley, claramente. Cualquier opinión será bienvenida. Gracias!