Hola a todos, pregunto, mi cliente-trabajadora servicio domestico en negro, viene una vez que fallecio su patron, hace una semana, ... nadie queda en la casa, lo digo porque el contrato no se podra continuar con nadie (lei la nueva ley), pero .. puede reclamar a los hijos herederos sitos en otras ciudades?, otro dato, la casa de su patron, estaba ya donada a los nietos del señor desde hacia unos años... me conviene seguir con el reclamo o el beneficio de inventario impide reclamar a los herederos a titulo personal???
tenes que demandar a la sucesion, el tema es que si el tipo no tenia bienes entonces no hay sucesion que iniciar.
personalmente a los herederos no, porque no trabajaron para ello, sino que solo los podrias traer en representacion de la sucesion.
yo no le encuentro la vuelta, porque habria que atacar la donacion mas que nada, diciendo que es un adelanto de herencia y que por ende tendria que estar dentro de la sucesion, pero ademas de que no me cierra es un laburo enorme el que habria que hacer, habria que ver si el monto lo amerita.