Les hago una consulta, inicié demanda contra una SA, contestaron demanda pero el juzgado dictó la siguiente resolución:
Previo a todo, de los instrumentos acompañados por el Sr. xxx, quien invoca ser PRESIDENTE de la demandada xxxx S.A, traslado a la parte ACTORA por el término de tres días. NOTIFIQUESE con remisión de copia.
¿Puede ser que esto se refiera a que no acreditó correctamente la personería y me están dando a entender que solicite que no es suficiente la representación y por ende se tenga por no contestada la demanda?
¿Alguno tuvo una resolución similar?
Muchas Gracias.
Previo a todo, de los instrumentos acompañados por el Sr. xxx, quien invoca ser PRESIDENTE de la demandada xxxx S.A, traslado a la parte ACTORA por el término de tres días. NOTIFIQUESE con remisión de copia.
¿Puede ser que esto se refiera a que no acreditó correctamente la personería y me están dando a entender que solicite que no es suficiente la representación y por ende se tenga por no contestada la demanda?
¿Alguno tuvo una resolución similar?
Muchas Gracias.