Buenas a todos.
Estoy con un caso de provincia, donde intente salvar a un colega (yo hago solo capital) de una caducidad de instancia.
Sin embargo pese a que presentamos cosas como para que no caduque el tribunal sentencio caducidad igual. Aclaro que voy por la actora.
La sentencia es recontra arbitraria, y por lo que entiendo, no hay apelacion en provincia, solo recurso extraordinario.
Aqui van mis preguntas:
tengo que abonar algun tipo de costas para interponer el recurso?
Lo interpongo directamente ante el tribunal que dicto sentencia y si me lo deniega voy en queja?
Lo fundo en la misma presentacion o lo tengo que fundar despues?
Cual es el plazo desde que me notifico de la sentencia para una cosa y la otra?
Lo busque en infoleg pero no lo encontre, y si el plazo es de tres dias, vence mañana, por eso ante la urgencia me dirijo a ustedes que me ilustren, ya que como dije, de procedimiento de provincia 0, tanto que ni matricula de provincia tengo.
Gracias
Estoy con un caso de provincia, donde intente salvar a un colega (yo hago solo capital) de una caducidad de instancia.
Sin embargo pese a que presentamos cosas como para que no caduque el tribunal sentencio caducidad igual. Aclaro que voy por la actora.
La sentencia es recontra arbitraria, y por lo que entiendo, no hay apelacion en provincia, solo recurso extraordinario.
Aqui van mis preguntas:
tengo que abonar algun tipo de costas para interponer el recurso?
Lo interpongo directamente ante el tribunal que dicto sentencia y si me lo deniega voy en queja?
Lo fundo en la misma presentacion o lo tengo que fundar despues?
Cual es el plazo desde que me notifico de la sentencia para una cosa y la otra?
Lo busque en infoleg pero no lo encontre, y si el plazo es de tres dias, vence mañana, por eso ante la urgencia me dirijo a ustedes que me ilustren, ya que como dije, de procedimiento de provincia 0, tanto que ni matricula de provincia tengo.
Gracias