Hola a todos, tengo una consulta, mi caso es el siguiente. Se inicio un ejecutivo contra mi cliente por una suma x, mi cliente se allana, pero despues de que la defensora de ausentes le hace conocer la existencia del juicio, porque no habia sido notificado en su domicilo. Hace el deposito de lo que S.S. establece en el primer decreto, y cuando se dicta sentencia de trance y remate, se solicita a la otra parte que haga la correspondiente liquidacion, porque se fijaron nuevos interese.
Esta sentencia se dicto en febrero, y mi cliente fue notificado el 14 de febrero, donde se establecia un plazo de 5 dias para la presentacion de la planilla.
Hasta la fecha, aun no se ha presentado la planilla, es mas, el tramite ha quedado en casillero, sin mas que el pedido de la Caja de Abogados de pagar aportes.
Mi consulta es la siguiente: deberiamos hacer la planilla de liquidacion nosotros???...con intereses a que fecha??? o cuanto tiempo tengo que esperar para que caduque la instancia???...hasta cuando se puede esperar la presentaciond e la planilla por la actora???
Cualquier ayuda...por supuuesto bienvenida
Saludos
Esta sentencia se dicto en febrero, y mi cliente fue notificado el 14 de febrero, donde se establecia un plazo de 5 dias para la presentacion de la planilla.
Hasta la fecha, aun no se ha presentado la planilla, es mas, el tramite ha quedado en casillero, sin mas que el pedido de la Caja de Abogados de pagar aportes.
Mi consulta es la siguiente: deberiamos hacer la planilla de liquidacion nosotros???...con intereses a que fecha??? o cuanto tiempo tengo que esperar para que caduque la instancia???...hasta cuando se puede esperar la presentaciond e la planilla por la actora???
Cualquier ayuda...por supuuesto bienvenida
Saludos
