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  • ¿pronto despacho?

  • Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #973360  por MARCOSABOGADO
 
Estimados colegas con un poco mas de experiencia que yo en temas de reclamos administrativos previos, tengo un reclamo que paso ya por Asesora General De Gobierno, Fiscalia De Estado, y todos los departamentos que se puedan imaginar, siempre piden cosas, para dictar el acto administrativo, pero ya a esta altura creo que me lo están pateando para adelante ¿debo plantear un pronto despacho? ¿es conveniente a esta altura de las actuaciones? o debo seguir teniendo paciencia.

Desde ya muchas gracias por sus consejos..

Saludos!
 #973474  por diegoignacio
 
estimado la legislacion es clara, si los movimientos son utiles no sirve de nada un pronto despacho.
 #973487  por MARCOSABOGADO
 
Si eso lo se, el tema es saber cuando un movimiento es útil o no por ejemplo ya van pidiendo en tres oportunidades certificación de servicios, el periodo fiscal se venció, hay que hacer todo de nuevo en cuanto al tema de verificaciones para el nuevo ejercicio fiscal del año en curso, etc.… por eso me gustaría conocer casos similares de colegas que hayan pasado por el mismo derrotero. Gracias!
 #973588  por diegoignacio
 
para que saber si es util hay que ver el tiempo que demora en cada oficina, si demora mas de 30 dias en general ya puede pedirlo, salvo que sea un area de puro transito que puede pedirlo antes.
 #973600  por MARCOSABOGADO
 
Gracias por tu aporte, ya tengo una referencia, hay veces que es mejor solicitar una sugerencia de gente con un poco mas de experiencia antes de tomar una decisión como esta.

Saludos!
 #982324  por master5790
 
Consejo con conocimiento de causa; mete el pronto despacho, forzá el silencia y vencido el plazo mete el pronto despacho administrativo en el Contencioso Administrativo (demanda muy simple relatando los hechos y acompañando documental), ahi los van a condenar a emitir el acto en plazo perentorio bajo apercibimiento de sanción (astreintes o multa) y vas a regular honorarios que suelen ser relativamente altos por el trabajo que insume.
Pd. Todo esto, obviamente si te conviene que emitan el acto administrativo, ya que a la admistración no le gusta nada los pronto despacho adminsitrativos ya que dependiendo del objeto que se trate puede traer aparejado sumario para el funcionario incumplidos.
saludos
 #982511  por MARCOSABOGADO
 
Sumamente importante tu consejo, la verdad estoy en eso, el año pasado estaba todo listo para dictar el acto, presupuestado todo, y venció el ejercicio fiscal para ese año, y lo están mandando de un departamento a otro, y temo la verdad si seguimos así este año pasará lo mismo. Estaba tratando de no interponer el pronto despacho, por que se que después de eso viene la etapa judicial, y ahí si van a pasar unos años mas.

Pero voy a evaluar bien lo que me decís y si vos pasaste por esto ya agradezco que compartas tu experiencia.

Saludos!!!