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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #974779  por mmbeatriz
 
hola! alguno tiene idea de si en el intercambio de cartas se dirije al domicilio de explotacion del negocio o al domicilio fiscal o legal de la sociedad. y que pasaría si devuelven la carta si el domicilio se encuentra cerrado?
saludos!
 #974784  por dagaboasol
 
mmbeatriz escribió:hola! alguno tiene idea de si en el intercambio de cartas se dirije al domicilio de explotacion del negocio o al domicilio fiscal o legal de la sociedad. y que pasaría si devuelven la carta si el domicilio se encuentra cerrado?
saludos!

Donde figura registrado en la IGJ, si esta cerrado, con el 2aviso de visita, queda notificado una vez pasado los 5 días que tiene la otra parte para ir a retirarlo en el correo desde que llegó devuelto en la sucursal.
 #974804  por Ro2012
 
Podes mandarlo a cualquiera de los dos lugares o a los dos, si esta cerrado dejan aviso, si no lo retiran igual esta notificado.
 #974806  por eltam88
 
Si se manda donde trabajaba esta bien, el problema de no retirarlos es de ellos.
 #974808  por mmbeatriz
 
muchas gracias!!! me re sirvio!